LA CAMARA SEGUNDA DE BARILOCHE CONDENO A COMERCIANTE A DOCE AÑOS DE PRISION POR ABUSO SEXUAL AGRAVADO

Ver Guillermo Hugo Poggi  -26 -4- 11 Lectura sentencia.JPG en presentación
La Cámara IIa.del Crimen de San Carlos de Bariloche integrada por los Dres. Héctor Leguizamón Pondal, Miguel Angel Gaimaro Pozzi y Gregor Joos condenaron a Guillermo Hugo Poggi,argentino, mayor de edad, comerciante, domiciliado en esta localidad, a la pena de doce (12) años de prisión al declararlo autor penalmente responsable de " Abuso Sexual agravadoreiterado,gravemente ultrajante por su duración y circunstanciass de realización y en atención a la guarda, condición de convivencia preexistente y minoridad de la víctima" -
En el hecho nominado primero-, ocurrido entre los años 2.001/2.009, ello en Concurso Real con "Abuso Sexual Agravado,en atencióna la guarda de un menor de 18 años" -hecho nominado segundo- ocurrido en Marzo de 2.009, ambos en perjuicio de dos niñas menores de edad, hijas de su pareja. Los hechos denunciados ocurrieron en la vivienda que compartía el grupo familiar en esta localidad.

El voto rector de esta sentencia correspondió al Dr. Héctor Leguizamón Pondal, voto al que adhirieron los Jueces Gaimaro Pozzi y Joos. La lectura de la sentencia se realizó en horas del mediodía del día de la fecha en la Sala de Audiencias del Edificio "Pilmayquén".-

Las conductas desplegadas por Guillermo Hugo Poggi fueron encuadradas legalmente como "Abuso sexual agravado reiterado,gravemente ultrajante por su duración y circunstanciass de realización y en atención a la guarda, condición de convivencia preexistente y minoridad de la víctima" (Art.119, Segundo Párrafo en función de los incisos B y F del 4to.Párrafo del Código Penal), en el hecho nominado primero, ocurrido entre los años 2.001/2.009, ello en Concurso Real con "Abuso Sexual Agravado,en atencióna la guarda de un menor de 18 años" (Art.119 in fine en función del 4to.Parrafo Inc.B y F ) del Código Penal, -hecho nominado segundo- ocurrido en Marzo de 2.009.

Asimiso el Tribunal impuso al nombrado costas y accesorias legales, Además y a fin de asegurar el cumplimiento de la presente y en función de la libertad provisional dispuesta y hasta tanto quede firme la presente sentencia, se dispuso ordenar la prohibición de salida del país de Guillermo Hugo Poggi librando oficios a la Dirección Nacional de Migraciones, Aduana, Gendarmería Nacional , Policía de frontera, terrestre, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeronaúitica y Policía Aeroportuaria.

La Fiscalía de Cámara fue ejercida por el Dr. Enrique Sanchez Gavier, la defensa por los Dres.Leonardo Triventi y Paula Romera, en tanto la querella fue ejercida por el Dr. Juan Manuel García Berro.

Estas actuaciones comienzan con la denuncia presentada por la madre de dos menores víctimas, en contra de Guillermo Poggi, quien había sido su pareja y en consencuencia habían convivido como grupo familiar durante años en el mismo domicilio, momento en que se produjeron los hechos denunciados en perjuicio de dos niñas, hijas de la denunciante.-