Destaco que el caso típico son accidentes de tránsito, que al existir un tercero
responsable y un seguro obligatorio que lo cubre, el I.Pro.S.S. debe recuperar
lo gastado por encontrarse fuera de su menú de prestaciones.
Si bien la ley excluye la cobertura en dichos casos, aclaró Zgaib que “la
obra social siempre los cubrió a sus afiliados, pero NUNCA se avanzo en que le devuelvan la plata
gastada, provocando pérdidas millonarias”.
Para lograrlo, debemos reestructurar todo el entramado interno que
permita detectar claramente los gastos a favor de los afiliados que deben ser
reintegrados por las aseguradoras. Una vez detectados se inicia el camino analizando las
actuaciones judiciales para evaluar las responsabilidades en el hecho.
Debe quedar claro sentenció Zgaib “no se busca que el afiliado pague la
prestación, sino que facilite la información suficiente para poder avanzar
respecto de los terceros”
En ese contexto pide colaboración a los afiliados que reciban
prestaciones surgidas de accidentes de tránsito, laborales y/o deportivos de
alto riesgo, que tengan cobertura específica para facilitar la tarea de la obra
social, que de no comunicarlo al momento de solicitar la prestación no se logra
recuperar.
En esta primera etapa, destaca Zgaib “nos presentamos en causas penales
iniciadas en la jurisdicción de General Roca y Cipolletti, siendo inminente
igual camino en Viedma y Bariloche, ciudades principales donde se suceden la
mayoría de los accidentes, para hacernos de copias, evaluar las
responsabilidades y luego gestionar con los seguros la devolución, y en caso
negativo avanzar judicialmente”.
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