Inspectores de la Oficina Municipal de Información y Defensa al Usuario y Consumidor (OMIDUC ) procedió a sancionar a dos bancos de la ciudad -a los que no identificó- por no cumplir con las normas protectoras de los consumidores vigentes en Río Negro y Bariloche, según informó la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad local.
Durante el bimestre agosto septiembre 2012, se fiscalizaron ocho entidades bancarias y 22 entidades financieras no reguladas por el Banco Central.
El objetivo de este control estuvo enfocado a informes y estadísticas del registro de reclamos de consumidores, que manifestaron en forma reiterada denuncias por falta de información en la tasas de intereses que se aplicaban, cláusulas abusivas que se imponían, la demora en la atención en ventanillas de cobranzas y la inadecuada prestación de los servicios, entre otros.
Los consumidores afectados en muchas oportunidades desconocían sus derechos, con el agravante de que eran maltratados por personal de los proveedores anteriormente citados.
Como gestión protectora y preventiva se intimó a las entidades financieras a exhibir en los accesos de los locales y en las ventanillas de pago el anuncio obligatorio de la resolución MSCB Nº 434-I-2012. En el mismo se informa al consumidor sobre sus derechos básicos, además del teléfono gratuito 0800-333-2153 (OMIDUC), para efectuar sus reclamos.
Asimismo se intimó a las entidades financieras a exhibir con carteles identificatorios la ubicación del “Libro de Quejas”, rubricado por la Dirección de Comercio Interior. Esta obligación se desprende de la ley provincial 3669, y el libro debe estar siempre y en todo momento a disposición de los afectados.
Asimismo la entidad debe exhibir un cartel enunciativo que indica lo reglamentado en el Art 44 bis, de la mencionada norma provincial, que establece: “Se considera infracción a la presente ley, la espera por un lapso mayor a treinta (30) minutos, en ventanillas y/o cajeros automáticos, en instituciones financieras y no financieras, que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos, tanto nacionales, provinciales o municipales y de pago de haberes de jubilados y pensionados y de activos que por convenio o disposiciones de cualquier naturaleza, deban percibir sus haberes en dichas instituciones”. (Económicas Bariloche)
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