Se trata de una causa que desarrolló en juicio abreviado el tribunal de la Cámara Primera del Crimen, días atrás en El Bolsón. Los dos acusados, un mayor y un menor de edad, reconocieron su participación en el hecho y fueron sancionados a la pena de tres años de prisión en suspenso y tratamiento tutelar respectivamente.
El expediente vinculaba a dos hermanos, uno mayor y otro menor de edad, quienes habían sido acusados por un robo armado a un cyber de esta localidad , en noviembre de 2009.
Según la imputación, ambos se presentaron el 13 de noviembre de aquel año en el interior del comercio denominado “Cyber Rancho Net”, ubicado en la Avenida San Martín de esa ciudad, lugar en el que redujeron a los presentes y se apoderaron de diversos elementos.
El hecho fue calificado como constitutivo del delito de robo calificado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no pudo comprobarse debido a que las autoridades no lograron hallarla. El delito mencionado es sancionado por el Código Penal con una pena que oscila entre los tres y los diez años de prisión.
Atendiendo a las condiciones sociales de los imputados y a la magnitud del hecho desplegado, el fiscal Carlos López propuso la realización de un juicio abreviado, que implicaba la confesión de los acusados a cambio de una pena de tres años de prisión en suspenso para el mayor y de la declaración de responsabilidad para el menor, quien deberá realizar tratamiento tutelar y difiriéndose la posible aplicación de pena a las resultas de dicho proceso.
Ante la propuesta efectuada, ambos reconocieron haber participado en el hecho y coincidieron con el planteo del fiscal, aceptando en definitiva la solución propuesta. El acuerdo también fue rubricado por la defensora particular Paula de la Iglesia.
Los jueces señalaron “Analizado el acuerdo celebrado entre las partes, cabe indicar la admisión libre de cada uno de los acusados al momento de hacerles saber el ofrecimiento del fiscal de Cámara, la aceptación lisa y llana del letrado que ejerce la defensa técnica de los sometidos a juicio y también del defensor de menores y que el hecho, y el tipo penal que se les adjudica guarda correspondencia con las pruebas colectadas durante la instrucción y las mencionadas en la requisitoria fiscal”.