El día viernes
la legislatura de la Provincia de Rio Negro convirtió en ley, por unanimidad,
el proyecto n° 7/2012.
La
Iniciativa agrega a las incompatibilidades existentes al cargo de Defensor o
Defensora del pueblo, las de realizar actividades
sindicales o gremiales, participar como candidato en procesos electorales para
acceder a cargos públicos, participar en entidades civiles sin fines de lucro y
organizaciones no gubernamentales, y la de ejercer docencia en establecimientos
públicos o privados provinciales.
Por
otro lado, el proyecto prohíbe la posibilidad de que dicho funcionario pueda
postularse como candidato en procesos electorales para acceder a cargos
públicos, durante los dos años posteriores de finalizado su mandato.
El Diputado sostuvo “la especulación de una proyección política a partir de
su labor dejaría de ser confiable, por lo que es necesario que se mantenga
fuera de los vaivenes políticos ocasionales, cumpliendo con la
tarea de mediar en la solución de los problemas y favorecer las relaciones
entre el Estado, las instituciones y la sociedad.”
El proyecto
presentado por el legislador Barragán, hace alusión de que dicho cargo es
ejercido tanto por hombres como por mujeres, y así incorpora al texto de la
norma el termino “defensora”.
Propone, además, la inclusión de una nueva función para la Defensoría
del Pueblo, consistente en la elaboración de estrategias de divulgación
respecto a la Institución del Defensor del Pueblo, los derechos que garantiza,
las instancias de participación ciudadana, y las acciones que los ciudadanos
puedan realizar ante la Defensoría, coordinando con el Ministerio de Educación,
la inclusión de estos contenidos en los planes de estudio.
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