Aprobaron la licencia del concejal Cobos pero no su reemplazo


Repudian  las agresiones físicas y verbales, originados por el Concejal Rubén Cobos para con miembros del Concejo Deliberante de El Bolsón, siendo éste el último llamado al Orden de este cuerpo al mencionado Concejal, al tiempo que le conceden licencia por razones de salud al Concejal Rubén Cobos, desde la aprobación de la presente hasta el día 15 de Agosto de 2013 inclusive.




DICTAMEN: Comisión de Constitucionales, Gobierno y Legales.
Autor/s: Concejales García, Tornero, Sanna, Tejeiro. 

Visto:
          La Carta Orgánica Municipal, El Reglamento Interno del Concejo Deliberante, El proyecto de Resolución ingresado bajo el Nº 530 de fecha 25/07/2013 autoría del Presidente del Concejo, Y;

Considerando:
                         Que, La Carta Orgánica Municipal determina en su Artículo 89º: “El Poder Legislativo está integrado por un Concejo Deliberante de siete (7) miembros, que se denominan Concejales…”.
                       
                          Que, El Reglamento Interno del Concejo Deliberante en su Artículo 6º no es concordante con lo determinado en el considerando anterior y contraría la COM, dado que al reemplazar a un Concejal y que este siga siendo tal, nos encontramos con un Concejo Deliberante de ocho (8) Concejales, esté o no uno de ellos ad honorem, por lo tanto en los únicos casos que un Concejal debe ser reemplazo es por las siguientes situaciones: renuncia, fallecimiento, destitución o licencia política treinta (30) días anteriores a las elecciones en las cuales se presentase.

                         Que, El Reglamento Interno del Concejo Deliberante en su Artículo 98º determina: “Todo Concejal puede reclamar al Presidente la observancia de este Reglamento, si se juzga que se contraviene. Más, si el autor de la supuesta infracción pretendiera no haber incurrido en ella, lo resolverá inmediatamente el Concejo Deliberante con una votación por simple mayoría.-“y en su Artículo 99°: Todas las resoluciones que el Concejo Deliberante apruebe en virtud de lo previsto en el Artículo anterior,  o que expida en general sobre puntos de disciplina o de forma, se tendrán en cuenta en el caso de reformar o corregir este reglamento.

                          Que, en dicho proyecto se trata de conceder al Concejal Rubén Cobos una licencia por cuarenta y cinco (45) días y reemplazarlo por su suplente a lo cual se aduce certificados anteriores con fecha 10/7/2013, 12/07/2013 y uno con fecha 15/07/2013 sumando a un memorándum interno con fecha 15/07/2013 firmado por el Concejal Cobos solicitando licencia por cuarenta y cinco (45) días siendo que este último documento, al margen de que el resto de los Concejales, excepto la presidencia, desconocía su existencia, se tendría que haber ingresado por mesa de entradas dado que es el Concejo quien concede o no las licencias solicitadas.

                           Que, cinco (5) Concejales toman conocimiento del memo antes mencionado el día 25/07/2013 o sea diez (10) días después de su recepción por el Presidente del Concejo dejando a la vista una desprolijidad legislativa que conlleva a elaborar proyectos que se asemejan más a un apunte de técnicas legislativas que aun proyecto en si mismo, acarreando situaciones que desvalorizan la tareas que se llevan adelante en este Cuerpo.

                          
                             Que, debido al comportamiento agresivo verbal y físico del Concejal Cobos, en mas de una ocasión,  para con su pares, se debería aplicar sanciones al mismo, pero, sin justificar los hechos desagradables que cometió el Concejal, este Cuerpo está dispuesto a conceder la licencia solicitada en base a los certificados médicos, dejando en claro que no se necesita reemplazo alguno dado que lo antes expuesto así lo justifica.

POR ELLO:

                          La Comisión de Constitucionales, Gobierno y Legales, solicita al Concejo Deliberante, modificar el  proyecto de Resolución ingresado bajo el Nº 530 de fecha 25/07/2013 de autoría del Presidente del Concejo Sr. Víctor H. Águila y aprobar una Resolución con los mismos vistos, considerandos y articulado del presente Dictamen.

ARTÍCULO 1º: REPUDIASE las agresiones físicas y verbales, originados por el Concejal Rubén Cobos para con miembros del Concejo Deliberante de El Bolsón, siendo éste el último llamado al Orden de este cuerpo al mencionado Concejal.


ARTÍCULO 2º: CONCÉDASE licencia por razones de salud al Concejal Rubén Cobos, desde la aprobación de la presente hasta el día 15 de Agosto de 2013 inclusive, solicitando la presentación de nuevos certificados médicos en caso de solicitar extender la licencia otorgada.







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