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2 sept 2013

Mes de los bastones verdes en El Bolsón


Néstor Pérez secretario de Adivi (asociación de disminuidos visuales de El Bolsón), dio parte de la iniciativa que la asociación lleva adelante a fin de que se conozca más sobre la vida de un disminuido visual, “a diferencia del bastón blanco, con el que se desplazan los ciegos, el verde servirá de apoyo a quienes padezcan patologías que disminuyen la visión”.


El referente del grupo Adivi dialogo con noticiasdelbolson y en la ocasión di parte de las actividades que se desarrollaran de cara al  mes del bastón verde “el día 26 de septiembre se conmemora el día de los bastones verdes y Adivi lanza una campaña para la difusión y el conocimiento del uso del bastón verde”.
A diferencia del bastón blanco, con el que se desplazan los ciegos, el verde sirve de apoyo a quienes padezcan retinosis pigmentaria, glaucoma y otras patologías que disminuyen la visión. Según se Perez, el bastón verde "tiene iguales características en peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente que los bastones blancos utilizados por las personas ciegas, solo que es verde".
Ley 25682 – Personas con baja visión

Adóptese, en todo el territorio de la República Argentina, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del bastón verde.

Sancionada: Noviembre 27 de 2002.

Promulgada: Diciembre 27 de 2002.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Adóptese a partir de la presente ley, el uso del bastón verde en todo el territorio de la República Argentina como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión.

El mismo tendrá iguales características en peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente que los bastones blancos utilizados por las personas ciegas.

ARTICULO 2° — Podrán hacer uso del bastón verde las personas con discapacidad visual que así lo acrediten conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley 22.431, y se encuentren comprendidos dentro de las condiciones y características señaladas por la Organización Mundial de la Salud para las personas con baja visión.

ARTICULO 3° — El bastón verde será considerado como elemento y/o instrumento de apoyo en los términos del artículo 35 de la Ley 24.901 y su cobertura será obligatoria para todos los agentes mencionados en los artículos 2° y 3° de la referida ley.

ARTICULO 4° — Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar los mecanismos necesarios para la implementación de una masiva campaña de difusión nacional acerca de las ventajas de la utilización del bastón verde para las personas con baja visión y de su significado para comprensión de toda la ciudadanía.

ARTICULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.682 —


EDUARDO O. CAMAÑO. — JUAN C. MAQUEDA. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún











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