Mes de los bastones verdes en El Bolsón


Néstor Pérez secretario de Adivi (asociación de disminuidos visuales de El Bolsón), dio parte de la iniciativa que la asociación lleva adelante a fin de que se conozca más sobre la vida de un disminuido visual, “a diferencia del bastón blanco, con el que se desplazan los ciegos, el verde servirá de apoyo a quienes padezcan patologías que disminuyen la visión”.


El referente del grupo Adivi dialogo con noticiasdelbolson y en la ocasión di parte de las actividades que se desarrollaran de cara al  mes del bastón verde “el día 26 de septiembre se conmemora el día de los bastones verdes y Adivi lanza una campaña para la difusión y el conocimiento del uso del bastón verde”.
A diferencia del bastón blanco, con el que se desplazan los ciegos, el verde sirve de apoyo a quienes padezcan retinosis pigmentaria, glaucoma y otras patologías que disminuyen la visión. Según se Perez, el bastón verde "tiene iguales características en peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente que los bastones blancos utilizados por las personas ciegas, solo que es verde".
Ley 25682 – Personas con baja visión

Adóptese, en todo el territorio de la República Argentina, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del bastón verde.

Sancionada: Noviembre 27 de 2002.

Promulgada: Diciembre 27 de 2002.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Adóptese a partir de la presente ley, el uso del bastón verde en todo el territorio de la República Argentina como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión.

El mismo tendrá iguales características en peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente que los bastones blancos utilizados por las personas ciegas.

ARTICULO 2° — Podrán hacer uso del bastón verde las personas con discapacidad visual que así lo acrediten conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley 22.431, y se encuentren comprendidos dentro de las condiciones y características señaladas por la Organización Mundial de la Salud para las personas con baja visión.

ARTICULO 3° — El bastón verde será considerado como elemento y/o instrumento de apoyo en los términos del artículo 35 de la Ley 24.901 y su cobertura será obligatoria para todos los agentes mencionados en los artículos 2° y 3° de la referida ley.

ARTICULO 4° — Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar los mecanismos necesarios para la implementación de una masiva campaña de difusión nacional acerca de las ventajas de la utilización del bastón verde para las personas con baja visión y de su significado para comprensión de toda la ciudadanía.

ARTICULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.682 —


EDUARDO O. CAMAÑO. — JUAN C. MAQUEDA. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún











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