Con el objetivo de cuidar y mantener los espacios
públicos,sobre todo en periodos electorales,es que la ordenanza citada establece
autorizar métodos de propaganda que no vulneren el medio ambiente y que no se
contrapongan a lo establecido en el artículo anterior.
Por tal motivose solicita a los partidos políticos el
retiro del material utilizado como método proselitista en la campaña electoral,
una vez concluida la misma.
Se reitera la prohibición de pintar con cualquier tipo
de material en espacios públicos,y en caso de haberlo realizado,
los responsables deberán limpiar las superficies pintadas y abonar las multas
correspondientes.
-------------------------ESCRIBANOS, OPINE, ENVÍE INFORMACIÓN-----------------
Forms generator powered by 123ContactForm.com | Report abuse
ESCRIBANOS