Se han presentado y autorizado en los últimos años solicitudes de vecinos que desean inhumar a sus familiares difuntos en terrenos privados. El artículo 70º de la ordenanza municipal 061/1991 dice: “queda terminante prohibida la inhumación de restos humanos fuera del predio del cementerio local”.
No obstante, ello, desde la comisión de Constitucionales, Gobierno y Legales, se está trabajando para localizar y regularizar un espacio rural donde las familias de la zona puedan allí depositar los restos de sus familiares difuntos.
Por ello esta Comisión ratifica la vigencia de la ordenanza 061/1991 e informa a la población abstenerse de realizar solicitudes de permisos de inhumación fuera del cementerio público. –
Concejal Cecilia Gori
Presidenta de la comisión de Constitucionales, Gobierno y Legales del Concejo Deliberante
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