BENEFICIO IMPOSITIVO A PRIVADOS QUE HAGAN APORTES DIRECTOS AL DEPORTE

A partir de la última sesión de la Legislatura, toda actividad deportiva de la provincia de Río Negro contará con una valiosa herramienta de estímulo y financiamiento, debido a que se aprobó una norma que autoriza a empresas y contribuyentes en general, a destinar hasta el 25% de su pago habitual del impuesto a los Ingresos Brutos a patrocinar un proyecto institucional o a un deportista individual. Este aporte directo estará sometido a diversos mecanismos de control a los fines de garantizar la transparencia en el manejo de los fondos, como publicación de los proyectos en el Boletín Oficial, la evaluación por parte de la Secretaría de Deportes de la provincia y la obligatoria rendición de gastos que deberán efectuar los beneficiarios.



El autor de la iniciativa, el legislador Elbi Cides de Juntos Somos Río Negro, destacó en los fundamentos que “la Secretaría de Deportes de Río Negro, ha mantenido reuniones con sus pares del resto del país, para instrumentar una ley de sponsorización y tutoría del deporte”, y se tomaron como referencia las provincias como Chaco y Misiones “que ya cuentan con dicha norma”.

La meta, según explicó el miembro informante del proyecto, el legislador de Juntos Alejandro Palmieri, es facilitar la participación de deportistas y clubes, a través del aporte de dinero o insumos por parte de los privados, “con el fin de patrocinar, estimular, sustentar y promocionar las prácticas deportivas, recibiendo a cambio, un incentivo fiscal”.

Según el texto, que recibió el voto unánime del Parlamento provincial, la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia “establecerá bonificaciones de hasta el veinticinco cinco por ciento (25%) de la alícuota del Impuesto a los Ingresos Brutos, a las personas que desarrollen las actividades de patrocinio”, esto siempre y cuando “no tengan deuda con el fisco provincial”.

El aporte, en dinero o insumos, tendrá para el aportante una “contraprestación”, que consistirá en “potenciar su imagen pública”.

Las entidades, profesores o deportistas interesados en este beneficio, deberán presentar ante la Secretaría provincial de Deportes “un detalle del proyecto deportivo a financiar”, y la “solicitud de patrocinio y contraprestación para los patrocinadores”. Y luego de ser seleccionado y cumplida la actividad “deberá la pertinente rendición de cuentas sobre la ejecución del proyecto y la inversión realizada”.

El patrocinio puede utilizarse para la modernizar la infraestructura deportiva, capacitar a integrantes de la comunidad deportiva, desarrollar proyectos deportivos de alcance regional, nacional e internacional, y participar en torneos, encuentros, viajes, jornadas u otros eventos propios de la actividad deportiva.

Pueden ser beneficiarios Instituciones sin fines de lucro, clubes, asociaciones, fundaciones y otras entidades civiles, deportistas profesionales o amateurs domiciliados en la provincia, profesionales de la educación física, entrenadores, entrenadoras, directoras y directores técnicos. Todos deben solicitar la autorización para el financiamiento de sus proyectos deportivos, presentándolos ante la Secretaría de Deportes del Ministerio de Turismo, Cultura y Deportes.

La Secretaría de Deportes analizará las características y los requisitos formales que deben contener los proyectos y autorizarlos, certificar el desarrollo de las actividades, consignando el monto de los recursos destinados a tal fin, a los fines del acogimiento por parte de los patrocinadores a los incentivos fiscales. Además, deberá supervisar los pagos por parte de las entidades patrocinantes, fiscalizar el correcto uso de los fondos, y dar a publicidad, a través del Boletín Oficial, los proyectos financiados y sus correspondientes rendiciones, entre otras funciones.












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