Cómo son las nuevas ruedas de reconocimiento videograbadas

El reconocimiento de una persona imputada por parte de la víctima o de los testigos de un delito es una prueba fundamental para la investigación penal, por lo que su desarrollo está especialmente reglamentado en el nuevo Código Procesal Penal. La defensa, la fiscalía, la víctima o testigo, el imputado y el juez de garantías son los actores imprescindibles de estas diligencias, que gracias a la modernización de las salas de reconocimiento ahora quedan registradas en audio y video y forman parte del expediente digital de las causas penales.


Las salas de reconocimiento tienen dos espacios: de un lado se ubican el posible imputado y un mínimo de tres personas más, quienes deben tener similares características físicas y de vestimenta. Del otro lado, en una sala que no puede ser vista desde el otro sector, se ubica al testigo o víctima, junto al juez de Garantías, quien preside la diligencia. Allí se le explica claramente a la persona el objetivo del procedimiento, su importancia y sus requisitos legales. La persona que debe efectuar el reconocimiento a través de un vidrio espejado queda resguardada durante todo el acto procesal, ya que no puede ser vista ni oída en ningún momento por el sospechoso. (Foto 1)

Por otra parte, para garantizar la transparencia del acto, antes de iniciar el reconocimiento, el fiscal y el defensor piden al testigo que describa a la persona a la que espera reconocer y que relate si la conoce previamente o si la ha visto en alguna otra circunstancia distinta del momento del hecho investigado.

"El imputado elegirá su colocación en la rueda y el testigo o víctima procederá al

reconocimiento desde donde no pueda ser visto", dice el Código en su artículo 135. En caso de reconocer a la persona, el testigo tendrá la posibilidad de explicar "las diferencias y semejanzas que observara entre su estado actual y el que presentaba en la época del hecho" y de precisar "el motivo o los motivos por los que reconoció al imputado".

El nuevo Código exige que "todo reconocimiento (...) deberá ser registrado en videofilmación, donde constará el tiempo exacto que demandó el reconocimiento". Desde la Reforma, ese requisito se cumple mediante el sistema de registración audiovisual de audiencias "Puma", que diseñó el área de Informatización del Poder Judicial. Es el mismo que se utiliza para la videograbación de los juicios orales y demás audiencias del nuevo proceso penal.

En el sistema quedan registrados los datos objetivos sobre el caso: legajo, fecha, horario de inicio y finalización del reconocimiento y cumplimiento de cada una de las etapas obligatorias del procedimiento. También queda labrada un acta digital con el resultado de la diligencia y la certificación de los intervinientes. (Foto 2)












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