EN CLARA ACTITUD ANTIDEMOCRÁTICA, UN INTENDENTE DESPIDIÓ A UNA CANDIDATA

Con asombro somos espectadores en Ñorquincó de la más flagrante violación al principio básico de la forma Republicana de gobierno que se basa en la división de poderes. En un claro e irrespetuoso acto antidemocrático, el Intendente Félix Mussa,  y la Secretaria de Gobierno,  Eliana Llanquileo, emitieron la Resolución N° 07/19 destituyendo del cargo de contralor municipal a nuestra candidata a Intendenta, Corina Toledo.

            El Intendente y su secretaria, desconocen la esencia democrática y las leyes básicas de la organización institucional de la provincia. El mandato como miembro del Tribunal de Cuentas Municipal de la compañera Corina Toledo, se lo otorgó el Pueblo mediante el voto. Por lo tanto es facultad del Ejecutivo municipal quitar una representación popular ni otorgarla a ningún ciudadano. Es función primordial del Ejecutivo Municipal llevar a cabo todas las acciones de interés general que no contravengan las disposiciones de la Constitución Nacional, la Constitución provincial y la Ley de Municipios. Esta última norma, que el Municipio de Ñorquinco debe acatar por no tener Carta Orgánica, establece en su artículo  17,  el principio de  División de Poderes como garantía constitucional en la organización y funcionamiento político de los municipios.
            Un representante de la voluntad popular nunca cesa por  decisión de un intendente; esto sólo podría darse si incurriera en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la Constitución y las leyes. Y eso no ha ocurrido.




            La ley provincial N° 2431 establece claramente lo referente a la titularidad de las bancas y el procedimiento para la Revocación de Mandatos Legislativos Provinciales, Municipales y Comunales. El Intendente Moussa debería primero cuestionar a nuestra candidata en una instancia partidaria, pero nunca violar la constitución y las leyes. Con este acto administrativo intempestivo,  el Intendente Moussa se adjudica facultades extraordinarias y la suma del poder público,  y al asumir esa actitud, está cometiendo un acto anticonstitucional de nulidad insanable, por atentar contra nuestro sistema de gobierno. La persecución ideológica  ya es por sí una actitud plenamente antidemocrática, pero ejercerla desde el poder, en un sistema republicano, es una acción repudiable y aberrante.- 












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