Menor precio. Un proyecto made in El Bolsón


 

 Sin lugar a dudas la ley de góndolas queda muy lejos de los escritorios donde se debe proteger el derecho de los consumidores, en virtud de esto y haciéndose eco del reclamo de varios vecinos el concejal de El Bolsón Lucas Castillo impulsa un proyecto que busca que los comercios mayoristas deban exponer clara y fehacientemente cuáles son los precios más económicos, más allá de los precios cuidados que muchas veces están por encima de los económicos. 
El proyecto fue Ingresado la semana pasada y se trata de implementar un programa de menor precio, no siempre precios cuidados -que es un programa nacional- es el precio más bajo, “nos hemos encontrado en góndolas de supermercados con que vos tenés el precio cuidado, la oferta, y por allá abajo aparecen los precios más baratos que no tiene ningún indicador, la idea del proyecto es que aparezcan con un cartel que identifique al menor precio”, detallo el concejal autor de la norma. 

Seguidamente Castillo enfatizo que la idea es defender y  acompañar al consumidor, “la ley de góndolas lo dice muy claro que hay con respecto al consumidor que se visualicen todos los precios claramente, sobre todo el precio más bajo sin nombrar precios cuidados ni nombrar la oferta, el precio más bajo y tiene que estar en la visualización de las góndolas Y eso no ocurre a veces, entonces la idea es que esté visualizado, tenga un cartel con un indicador para que la gente empiece a familiarizarse y estaría con el color verde seguramente”. Con todo el edil remarco que se aplica solo a productos de Industria Argentina.
Esta ordenanza será aplicable al comercio del rubro alimentario con mas de dos cajas de cobro, en relación a las multas detallo que serán de 200 a 1000 unidades fiscales para aquellos comercios que incumplan la normativa.
Finalmente, Castillo confirmó que el proyecto que ya fue ingresado será tratado en la próxima sesión del concejo deliberante local.

Entre los considerandos el proyecto detalla:
Que la Ley Nacional Nº 24.240 de defensa al Consumidor, tiene por objeto la defensa de los consumidores y usuarios que son víctimas de abusos o injusticias por parte de los proveedores de servicios, ofreciendo una mayor protección de sus derechos como consumidores;
Qué, asimismo, la Ley Nacional Nº 27.545 de góndolas, busca que los precios de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar, sean claros, transparentes y competitivos en beneficio de los consumidores;
Que la Ley Provincial Nº 2.817, tiene por objeto la defensa de los habitantes de la Provincia de Río Negro, en todo tipo de operaciones y formas legales y legítimos de consumo y uso de bienes y servicios;
Que se entiende por góndola todo espacio físico, mueble, estantería en los que se ofrecen productos de similares características en los supermercados; 
Que los Supermercados están obligados a cumplir con ciertas reglas de exhibición de productos como -por ejemplo-, que los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos; 


Qué, asimismo, los supermercados exhiben los productos de “oferta” o “precios cuidados” que no siempre son los de menor precio, pero igualmente se encuentran debidamente identificados por carteles de mayor tamaño haciéndolos más visibles para el consumidor;
Que se ha observado en los grandes supermercados de nuestra zona, que los productos de menor precio, no solo no están identificados con carteles diferenciados, sino que tampoco se encuentran en la primera visualización de las góndolas; 
                 Que resulta necesario fortalecer los derechos de los consumidores de productos básicos, implementando políticas de protección y regulación de sus derechos, por ello resulta conveniente que los productos de “MENOR PRECIO” estén disponibles en los supermercados y sean identificados con un indicador para su visualización a primera vista, siempre que sean productos “INDUSTRIA ARGENTINA”;                                
Articulado de la ordenanza:
ARTICULO 1º: CREASE en todo el ejido municipal el Programa “MENOR PRECIO”, por el cual los Supermercados de las categorías…… deberán identificar los productos cuyo valor comercial sea el más bajo, con un cartel indicador de “Menor Precio” diferenciado en cada producto.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE de la presente, a los establecimientos nombrados en la ordenanza 162/17 CATEGORIA 81, 82, 83.
ARTICULO 3º: INSTRUYASE al área de comercio, como autoridad de aplicación a los fines de realizar las inspecciones correspondientes y garantizar el cumplimiento de la misma.
ARTICULO 4º: APLICASE una multa de 200 a 1000 UF ante el incumplimiento de la misma.












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