Piden que se reforme la ley de desmanicomialización


 

“Hay patologías, como la de los violadores que nunca se van a curar y por esta ley hay violadores sueltos”, sostuvo el licenciado Gustavo Husak.

Luego del episodio ocurrido la semana pasada con un enfermo de Salud Mental en el hospital de área local Se reanudo la polémica sobre la ley de desmanicomialización por tal motivo dialogamos con el psicólogo Gustavo Husak quién fue contundente en explicar porque es imperioso que se revise urgentemente esta ley, " Más allá de la cuestión de que hay pacientes que pueden estar bajo esta ley de no institución, dónde hay un encierro, hay pacientes que no tienen cura y hay patologías como los violadores, los perversos o los psicópatas que una ley de este tipo los ampara para seguir delinquiendo, cometiendo actos delictivos”.

Más adelante el licenciado agregó: “es una ley arcaica, creo que es una ley que pasaron muchos años, creo que hay muchas drogas en la zona que antes no había, creo que pasó una pandemia, creo que la gente tiene otro tipo de consumo y que aquellos pacientes que antes por ahí podrían tratarse, como los psicóticos, hay otros pacientes con diagnósticos mucho más complejos sin cura, Qué es imposible que se han amparados”.

Por todo lo expuesto en psicólogo Gustavo Husak destacó Qué es necesario una revisión urgente de la ley que desde hace años se rige en la provincia de Río negro, "en la facultad nos enseñan que hay pacientes que no tienen cura, la psicopatía no se cura, el violador no se cura, que para eso existen los claustros, para eso existen instituciones en otras provincias dónde hay áreas penales que sí sirven". 

Violador suelto 

Finalmente detallo que poner rejas en un hospital es cómo poner un boyero eléctrico para un perro que muerde, “la solución al problema es la prevención, porque hay alguien que abusa sexualmente dando vuelta por las calles, las plazas, están dando vuelta por las calles, lo que creo es que hay que modificar de una vez por todas la ley para este tipo de patologías que son los violadores y los psicópatas básicamente”, sentenció el psicólogo.

La ley

Cabe destacar que según prevé la mencionada ley para octubre de este año en Argentina no deberían existir este tipo de instituciones ya que se entiende que la Ley Nacional 26.657, como política de Derechos Humanos, aporta fundamentalmente, el establecimiento de un nuevo régimen de internaciones voluntarias e involuntarias, con plazos y requisitos estrictos. Además, prohíbe la apertura de nuevas instituciones de internación, y obliga al reemplazo progresivo de las existentes. Es de “orden público” (con implicancias jurídicas de cumplimiento obligatorio y sin excepciones para toda la Nación).

La ley, que debía haberse reglamentado en un plazo inmediato, de acuerdo al compromiso del gobierno, sin embargo, tras varios años de su sanción, sigue sin reglamentarse pese al reclamo de diversas organizaciones (incluida una resolución de las Naciones Unidas).

Esta demora, seguro resulta funcional a los míseros intereses de quienes intentan frenar los cambios en el modelo de atención.

En el marco del cumplimiento de las leyes cabe una aclaración, pertinente para ubicar en su justo lugar las diversas responsabilidades que tienen tanto el Estado Nacional, como los estados provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tenemos un sistema federal, y de acuerdo a ello, las atribuciones para llevar adelante las políticas de salud y salud mental (como así también las de otras áreas sociales), pertenecen a cada jurisdicción. Esto quiere decir que tanto en el nivel presupuestario como en la ejecución de las políticas, la responsabilidad es exigible a las respectivas jurisdicciones, independientemente de los recursos con los que debería comprometerse el estado nacional para apoyar los cambios.

En Noviembre / 2012, último registro obtenido a nivel estatal existe 54 instituciones con internamiento crónico, con un universo aproximado de 21.000 personas internadas (14.000 en colonias y 7.000 en hospitales monovalentes). Entre las instituciones, una sola es de jurisdicción nacional, 11 son colonias provinciales y 42 son hospitales monovalentes provinciales (entre los que se encuentran los cuatro hospitales de la Ciudad de Buenos Aires, con aproximadamente 2.000 personas internadas).

 

La responsabilidad del Estado nacional, es también velar por el cumplimiento de lo establecido por la ley, a través de sus organismos de justicia y control (asesorías y defensorías).











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