Jones Huala: el 3 de julio será el juicio de extradición.



Así lo definió el juez federal Gustavo Villanueva, aunque está pendiente la sede del debate. De igual modo, el magistrado admitió la prueba ofrecida por la fiscalía y rechazó por inconducente otra que había propuesto la defensa.

Luego de ser detenido en el barrio Esperanza de El Bolsón, alcoholizado y vestido de mujer, el dirigente mapuche fue alojado en la unidad penitenciaria de Esquel, donde sigue detenido.

 Villanueva, quien subroga el juzgado federal de Bariloche, admitió las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal para presentar en el juicio. En cambio, rechazó las pruebas que habían planteado los defensores particulares Eduardo Soares y Virgilio Sánchez -de la Asociación Gremial de Abogados de la Argentina-, que asisten a Jones Huala.

Según publicó el diario Río Negro, Villanueva explicó en la resolución, que dictó el 11 de mayo último, que la defensa había ofrecido que a través de la Cancillería Nacional se obtenga “toda la documentación (…) relacionada con informes e intervención (…) de las oficinas consulares y la propia embajada de nuestro país en la República de Chile, en relación al proceso que se llevó adelante en dicha nación contra el ciudadano argentino Francisco Facundo Jones Huala, su permanencia en prisión, audiencias de libertad condicional y trámite judicial relacionado con estas últimas”.

“Tal ofrecimiento –agregó- resulta improcedente, pues este procedimiento se compone, esencialmente, con las actuaciones que la Nación requirente remite al momento de acompañar el pedido formal de extradición. Ello significa que no resultan oponibles en este proceso aquellas actuaciones que delegaciones de nuestro país hayan realizado en el Estado requirente (por Chile), pues significaría concretar o avalar un manto de sospechas sobre la actuación de las autoridades del solicitante”, sostuvo.
Extradición

Villanueva observó que no debe perderse de vista “que no me corresponde abrir juicio sobre la forma en que los Tribunales del Estado requirente llevaron adelante el juzgamiento de las personas sometidas a su jurisdicción.

También, añadió Villanueva, “la alegada irregularidad en el proceso (…) constituye (…) una cuestión ajena por su naturaleza al preciso marco de un proceso de extradición. (…) Las cuestiones en torno a la validez de la prueba o de los actos procesales deben ventilarse en el proceso que se le sigue a la persona en el país requirente”.

Según el juez, “acceder a esta petición de la defensa comportaría consentir el cuestionamiento de las constancias remitidas a través de la vía diplomática por la República de Chile, tachándolas de parciales o incompletas -achacándole una supuesta animadversión hacia el requerido-, lo que no puede ser avalado”.

En detalle, la defensa había ofrecido la producción de varios testimonios, aunque el juez no admitió el pedido. Villanueva aseveró que la Corte Suprema estableció que el trámite de extradición “no reviste el carácter de un verdadero juicio criminal, pues no envuelve el conocimiento del proceso en el fondo, ni implica decisión alguna sobre la culpabilidad o inculpabilidad del individuo requerido en los hechos que dan lugar al reclamo…”

“Como corolario de esa línea de pensamiento instauró que “imponerle a jueces ajenos al proceso que se les sigue [a los requeridos] (como lo son los de la extradición) resolver cuestiones, quizás intrincadas, como la validez y fiabilidad de la prueba, sobre la base de un conocimiento imperfecto de los hechos de la causa (puesto que el juez argentino sólo cuenta con los elementos indispensables para verificar si se cumplen los requisitos para conceder la extradición y no aquellos que le permitirían expedirse sobre la responsabilidad de los extraditables), trae como peligrosa consecuencia que puedan dictarse decisiones infundadas que podrían pesar en contra de los propios intereses de los imputados”, citó Villanueva.

“No podría ser de otra manera, pues el limitadísimo marco de actuación propio de todo proceso de extradición veda al juez del estado requerido la posibilidad de analizar el fondo del expediente tramitado en la Nación requirente”, concluyó.

Gremial de Abogados
Por su parte, la organización “Gremial de abogados” emitió un comunicado sobre el caso Jones Huala, titulado: “Una resolución judicial que debería preocuparnos a todos y todas”.
Textualmente, indica que “en la causa de extradición de Facundo Jones Huala, el tribunal aceptó toda la prueba de la fiscalía y rechazó toda la prueba presentada por la defensa.
Tendremos juicio el 3 de julio, aunque hay algo que ya no tiene que ver con Facundo, ni siquiera con el derecho, las leyes y los tribunales. Ya carece de importancia la figura de Facundo en sí misma, de sus detractores, sus allegados o quienes alguna vez estuvieron cerca del lonko de Cushamen y aquellos que hoy lo denostan. Nada de eso importa ya.
Lo que queremos compartir es la reciente resolución del juez subrogante de Bariloche, Gustavo Villanueva, que rechaza toda la prueba ofrecida por la defensa y muestra lo que se nos viene encima a todos y todas o, más bien, lo que ya se nos está viniendo.
Se trata ahora de una muestra alevosa de cómo juegan y jugarán los funcionarios judiciales y los tribunales en relación a causas de luchadores (con cualquier método) o directamente lo que los grandes poderes económicos consideren que debe resolverse de la forma que estos indiquen.
Puede que parezca raro, pero hay una relación directa entre las masivas absoluciones a policías en decenas de casos de gatillo fácil y lo que hoy resuelve el juez Villanueva en el caso de Facundo.
Se trata en definitiva de una política de Estado. Sea en contra de un pibe pobre asesinado o de Facundo. Los tribunales le dan forma a esa política estatal.
La Gremial defiende hoy la causa de las cuatro lamien de la comunidad Lafken Winkul Mapu prisioneras desde octubre  y también la extradición de Facundo, así como las causas del lonko Cárdenas en Paillako, del lonko Puel en Villa Pehueña, de la comunidad Paichil Antriau de Villa la Angostura y tantas otras. En todas hay una dirección política establecida por el Estado y los poderosos.
Creer que son causas distintas constituirá un grave error que todos pagaremos caro, por más esfuerzo que se ponga tratando de no ‘contaminarse’ respecto de unas con otras.
Un ejemplo: en Winkul y Jones Huala, mismo juez, mismo fiscal, mismas aberraciones judiciales, mismas arbitrariedades. Y así con otras. Ponemos como siempre el fallo para consultas de todos y todas.
Somos conscientes de lo tedioso que resulta a veces algo tan simple de explicar (al menos para la Gremial) como el derecho penal. Y resumiremos diciendo que la resolución que le niega a la Gremial absolutamente toda la prueba ofrecida y le acepta a la fiscal toda su prueba, es algo que jamás vimos en todas las causas de extradiciones que tuvimos.
Implica que debemos intentar luchar atados de pies y manos, y además con ojos y bocas tapadas.
Quienes piensen, crean o digan ‘esto es cosa de Jones Huala no mía’, o consideren que no tiene que ver con otras causas de su interés, se equivocarán. Lo decimos con humildad –que es algo que tenemos poco en la Gremial–:  esta resolución no es el comienzo sino el epílogo de algo que se viene dado día tras día en la administración de justicia.
Y se seguirá profundizando. De esta manera iremos a pelear así, atados y amordazados. Y si leen el fallo del juez, verán algo peor, o igual de grave.
El juez Villanueva (el mismo que ordenó el asalto de las tropas de prefectura que asesinaron a Rafita muy fuera del territorio en disputa) en su resolución adelanta el fallo que emitirá. El juez dice expresamente y antes del juicio que la extradición procede. Dice que no hay nada que discutir. Y justamente por eso nos rechaza la prueba.
Todo está cantado, todo está armado, todo listo para la farsa y el show. Como en un circo romano, nos tirarán a Facundo y nosotros a los leones, pero atados y sin un cortaplumas. Pero quienes crean que solo será con Jones Huala se equivocarán. Hoy mismo está ocurriendo con otras causas que llevamos. Incluso se equivocan quienes creen que sin el patrocinio de la Gremial tendrán mejores oportunidades.
También se equivocan porque tampoco es la Gremial el problema por más que constituyamos un enemigo irreconciliable de las justicias federales y provinciales. El 3 de julio será el juicio. Será virtual porque el juez y la fiscalía serán tan cobardes y miserables que ni siquiera tendrán la valentía de enfrentarnos cara a cara y presencialmente. Traerán además desde Bs. As. a un fiscal especial, supuestamente un genio en extradiciones para colaborar con la fiscalía.
Un fiscal que ya nos conoce y a quien le dimos una terrible paliza en la causa de la extradición del ‘otro’ Facundo, Molares. Van con todo el mazo de cartas marcadas.
Les pedimos a todos y todas que consideren esta resolución de rechazarnos la prueba de la defensa y  aceptar solo la de la acusación. Mañana u hoy mismo nos hacen exactamente lo mismo en otras causas.


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