En las últimas horas se presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de Ley para que los vehículos con patente extranjera que tengan registradas infracciones de tránsito pendientes no puedan salir del país antes de regularizar su situación. Es una iniciativa consensuada entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) -organismo del Ministerio de Transporte- y los representantes de las provincias que integran el Consejo Federal de Seguridad Vial (CFSV). La propuesta legislativa que busca modificar la Ley Nacional de Tránsito fue presentada por la diputada nacional por Buenos Aires, Micaela Morán.
“Este proyecto de Ley busca equiparar a los conductores extranjeros con los nacionales, en lo que respecta al cumplimiento de las normas de tránsito y al hacerse cargo de las infracciones cometidas. Como sucede en otros países, los conductores que registren multas pendientes no podrán dejar nuestro país sin solucionarlas antes. En el caso de que quieran irse igual, podrán hacerlo lógicamente, pero el vehículo quedará en el territorio nacional”, expresó el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano.
La norma propuesta, que tiene vigencia en Brasil, por ejemplo, tiene como uno de sus objetivos dar respuesta a una problemática que atraviesan las provincias que limitan con otros países de la región, que a diario tienen acceso de vehículos del exterior que cometen infracciones y que salen del país sin tener consecuencias.
Para su cumplimiento, el proyecto propone “reforzar la red interjurisdiccional de información relativa a los antecedentes de tránsito que gestiona el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT) y su utilización por parte de los organismos responsables y, en este caso, por parte de las autoridades que actúan en los pasos fronterizos y las agencias de alquiler de vehículos”.
En concreto, la autoridad de aplicación debe retener, dando conocimiento inmediato a la autoridad de juzgamiento, a los vehículos con patentes extranjeras que intenten salir del país y que tengan actas de infracciones notificadas cuyas multas no estén abonadas ni resueltas, hasta tanto sean canceladas o autorizada la salida por la autoridad de juzgamiento interviniente.
En el caso de que el vehículo sea de propiedad de empresas de alquiler, se prevé la obligatoriedad de las mismas de pagar las infracciones cometidas por el conductor que haya contratado el servicio, descontando el monto necesario de la tarjeta de crédito entregada como garantía al momento de celebrar el contrato correspondiente entre las partes. La finalidad es desalentar a los conductores a cometer infracciones al transitar por el territorio nacional en el futuro.
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