El presidente de la cámara de comercio lacustre, Alejandro Rechene se contactó con Noticias de El Bolsón para brindar un panorama de cómo avanza el proyecto que impulsan desde la cámara buscando se declare la emergencia comercial al menos hasta fin de año. En la ocasión Rechene destacó que durante horas de la mañana del lunes mantuvieron una reunión con concejales de la localidad con quienes dialogaron acerca del proyecto de emergencia comercial,
“expusimos las necesidades del sector y la propuesta de medidas relativas a la cuestión impositiva (en tanto existen otros aportes que estamos elaborando para hacer llegar al ejecutivo, también concernientes a los costos emanados de los diferentes trámites administrativos municipales que nos vemos obligados a realizar)”, explicó el comerciante.
Seguidamente señaló que los concejales informaron que solicitaron datos a inspectoría y están esperando lo propio desde rentas, ambas comunicaciones demandan tiempo y luego será momento de realizar nuevas reuniones para tratar el tema una vez hayan llegado los informes requeridos.
Con todo, Rechene argumentó que es preocupante el paso del tiempo, “la semana pasada se desocuparon otros tres locales, en tanto no haya una política de apoyo al sector lamentablemente seguiremos viendo como desaparece la oferta comercial y de servicios local”.
¿Qué dice el proyecto de ordenanza?
:
DECLARACIÓN EMERGENCIA COMERCIAL
VISTO: La Ordenanza General Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024
CONSIDERANDO:
Que: la disminución en las ventas del sector comercial, producto fundamentalmente del proceso recesivo imperante, se ve profundizada por el aumento de las tarifas de los servicios públicos que incrementaron sus costos operativos en forma muy significativa,
Que: el sector comercial ha sido y es una importante fuente de creación de empleo privado y por su importancia resulta conveniente poder asistirlo para paliar, en parte, las dificultades por las que se encuentra atravesando,
Que: la alarmante cantidad de comercios que están en situación crítica o que han cesado en su actividad por las dificultades actuales se ha incrementado,
Que: en este sentido se ha creído conveniente posibilitar, a quienes cumplan con los requisitos exigidos por esta ordenanza, acceder a planes de facilidades de pago especiales, con reducción de hasta el 100% de la tasa de financiación,
Que: es menester destacar que es una característica distintiva de las gestiones municipales atender aquellas situaciones derivadas de contextos de crisis e implementar con inmediatez los instrumentos que permiten amortiguar las consecuencias económicas y sociales que se manifiestan en la presente coyuntura macro y microeconómica,
Que: la carga tributaria local representa un importante porcentaje en el costo operativo para la actividad económica en general
Que: la Ordenanza General Impositiva local se encuentra supeditada a la resolución del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia a raíz de la demanda presentada por el supuesto mal procedimiento realizado para su sanción
Que: el panorama especial, complejo y recesivo que atraviesan los comerciantes de Lago Puelo ante el primer pago del Sueldo Anual Complementario del año 2024 requiere de la instrumentación de medidas igualmente especiales y excepcionales para llevar contención y alivio a las y los comerciantes que sufren un mayor nivel de impacto y de vulnerabilidad económica,
Que: en este orden, deviene necesario, oportuno y conveniente, propiciar respecto del universo reseñado en el párrafo anterior, la aplicación de medidas de bonificación impositiva que favorezca aliviar el costo que implica para muchos comerciantes sostener los puestos de empleo y el funcionamiento sus emprendimientos, como así también la pronta recuperación de su desempeño económico,
Que: el gobierno de la provincia del Chubut ha promulgado una ley de emergencia comercial para todo el ámbito provincial e invita a los municipios a emular la iniciativa con el fin de aliviar los costos y aportar opciones que coadyuven en el sostenimiento de la actividad económica
Que: la presente ordenanza procura acompañar al sector comercial con algunas medidas que tiendan a paliar los inconvenientes por los que atraviesan los sectores comercial, productivos y de servicios.
POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAGO PUELO, en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°- DECLÁRESE la emergencia comercial en la localidad de Lago Puelo desde la entrada en vigencia de la presente hasta el día 31 de diciembre del año 2024.
Artículo 2°. – Tendrán acceso a los beneficios establecidos en el Artículo 4° aquellos sujetos físicos o jurídicos que acrediten:
a) Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la Tasa de habilitación; y posean domicilio fiscal constituido en Lago Puelo previamente a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 3°. - La Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo emitirá, a solicitud del interesado, un certificado que acreditará la inclusión en la emergencia comercial declarada mediante la presente Ordenanza, siempre que se encuentren cumplidas las condiciones previstas para esos fines a fines de ser presentado ante los organismos que lo requieran para la realización de diversos trámites.
Artículo 4°.- Otorgese a los contribuyentes el acceso a planes de facilidades de pago especiales para saldar tributos adeudados al 30 de Junio de 2024-no incluidos en planes de facilidades vigentes-, hasta 12 cuotas con reducción del 100% de la tasa de financiación y hasta 18 cuotas con reducción del 50% de la tasa de financiación en ambos casos con quita de intereses resarcitorios y punitorios devengados al momento de la adhesión
Artículo 5°.- Suspéndase el cobro del impuesto a los ingresos brutos a todos aquellos emprendedores que tengan una facturación anual inferior a los $ 150.000.000.-
Artículo 6°.- Establézcase, para aquellos contribuyentes que mantengan sus tributos al día, que el pago de los mismos hasta finalizar el período actual se retrotraigan a los valores fijados para la ordenanza tributaria de 2023. De igual manera para aquellos contribuyentes que soliciten nuevas habilitaciones.
Artículo 7°.- Adhiérase a la ley de emergencia comercial provincial xxx sancionada en la honorable cámara de diputados el día 04/07/24
Artículo 8°. -Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido archívese.
0 Comentarios
Déjenos Su Comentario aquí | NoticiasDelBolsón
Emoji