Un fuerte choque en el tramo urbano de la ruta provincial 1, en Viedma, ocurrido hace dos años, se resolvió favorablemente en el fuero civil para el conductor de un Ford Focus. Se demostró que el hombre pasó el semáforo en verde, a baja velocidad, y fue embestido por un Gol que venía a más de 70 kilómetros y cruzó en rojo.
La víctima en su presentación relató que venía por Bouchard. Primero se detuvo porque el semáforo estaba en rojo. Cuando se puso en verde, inició la marcha. Un automóvil que venía por la ruta provincial “a tan alta velocidad que no llegó a frenar” lo embistió.
El seguro de la persona acusada dijo que quien tenía el semáforo verde era su cliente.
El juez explicó que “la cuestión central a determinar radica en cuál de los dos automotores contaba con luz verde que lo autorizaba a avanzar, y respecto de cuál regía la luz roja que le ordenaba detenerse. Entonces, cobra mayor relevancia para determinar ello, la valoración de las declaraciones testimoniales brindadas por los testigos presenciales del accidente”.
Los testigos fueron coincidentes en que “al momento del siniestro el semáforo se encontraba en verde habilitando la circulación para la calle Bouchard”.
Otro automovilista que también estaba en la ruta y frenó al ver el semáforo en rojo indicó que “en ese momento lo pasó por el lado izquierdo el automotor Gol blanco, que luego cruza la intersección con el semáforo en rojo”.
También fue importante la pericia accidentológica: “de las constancias de autos surge que el punto de impacto sobre la calzada se da en la intersección de los carriles de circulación previa, específicamente donde puede observarse el quiebre de huella de bloqueo de neumáticos, y producto del impacto, ambos vehículos son rotados, cambiando su dirección de circulación”.
Determinó el perito que “de los cálculos de velocidad realizados se obtuvo que el automóvil Gol Power circulaba a una velocidad no inferior a 71,97 kilómetros por hora al momento de iniciar la acción de frenado, mientras que el automóvil Ford Focus circulaba a una velocidad no inferior a 26,24 kilómetros por hora al momento de ser impactado”.
El juez concluyó que “la prioridad de paso otorgada por la señal lumínica desplaza a las demás preferencias establecidas en las leyes de tránsito”.
En cuanto a los daños, incluyeron la rotura de espiral de amortiguación de tren delantero, parrilla de suspensión, amortiguador, maza y portamaza, paragolpe, frente de la carrocería, guardabarros, óptica derecha, pasarueda, puerta delantera, rejilla faro auxiliar, airbags de conductor y de acompañante, módulo airbag, cinturones de seguridad izquierdo y derecho, y tablero.
El magistrado hizo lugar a la indemnización por esos daños más la desvalorización del rodado y a los costos por la privación del uso del vehículo. Condenó tanto al conductor como a su seguro
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