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14 sept 2026

Confirman que un galpón de la estación ferroviaria de Bariloche debe volver a manos del Tren Patagónico



Un galpón ubicado dentro de la estación ferroviaria de Bariloche se convirtió hace años en un espacio para trabajar la piedra. Allí funcionó un taller de investigación y producción artística y, con el tiempo, también se construyó una vivienda. El vínculo para utilizar el lugar comenzó mediante comodatos y posteriormente pasó a un contrato de alquiler con Tren Patagónico S.A.
El contrato se firmó en 2016 por un plazo de tres años. Después de su vencimiento, el artista continuó en el predio. Tren Patagónico reclamó alquileres impagos y realizó distintas intimaciones. En febrero de 2025 le comunicó que debía cancelar la deuda y devolver el inmueble. Un mes después, el hombre envió una nota al gobernador en la que expresó su voluntad de alcanzar un acuerdo para seguir utilizando las instalaciones y reconoció una deuda superior a los 12 millones de pesos.
Ante la falta de restitución, la Fiscalía de Estado, en representación de Tren Patagónico S.A., inició el juicio de desalojo. El reclamo comprendió un predio de 2.800 metros cuadrados ubicado dentro de la estación de ferrocarril, donde se encuentran un galpón de 450 metros cuadrados y una vivienda.
El hombre se opuso al desalojo. Explicó que originalmente había recibido el espacio para desarrollar un proyecto vinculado con obras de arte en piedra y que durante los años de ocupación realizó tareas de mantenimiento y mejoras. También sostuvo que construyó una vivienda y planteó su derecho a reclamar el valor de esas inversiones.
Durante el juicio, un informe social dio cuenta de su situación económica y familiar, mientras que distintos testigos destacaron su trayectoria y el reconocimiento de su trabajo artístico. La sentencia de primera instancia señaló expresamente esas circunstancias, pero consideró que no modificaban la cuestión que debía resolver: si existía o no una obligación de devolver el inmueble.
El juez tuvo por acreditado el contrato de locación. Una pericia caligráfica confirmó que las firmas pertenecían al demandado. También consideró probado que el plazo había vencido, que Tren Patagónico había comunicado su decisión de finalizar el vínculo y que existían alquileres que no habían sido abonados en su totalidad. Por esos motivos ordenó restituir el predio.
El artista apeló. Cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que no se había considerado suficientemente el origen de la ocupación, la actividad cultural desarrollada en el lugar y las mejoras realizadas. También invocó el derecho a una vivienda digna y un derecho de retención por las inversiones que afirmó haber efectuado.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de Bariloche confirmó el desalojo. Explicó que para rechazar esa acción debía demostrarse que no existía obligación de devolver el inmueble. En este caso, consideró que esa obligación estaba acreditada por el vencimiento del contrato y la decisión del locador de finalizar el vínculo.
Sobre las mejoras, la Cámara explicó que un locatario puede reclamar determinadas inversiones y, si se cumplen los requisitos legales, incluso ejercer un derecho de retención. Sin embargo, sostuvo que en este expediente no se acreditó un crédito líquido y exigible que permitiera conservar el inmueble. El eventual reclamo por esas mejoras puede plantearse por la vía correspondiente.
La Cámara también abordó el derecho a una vivienda digna. Señaló que ese derecho constitucional no fue desconocido, pero consideró que no podía utilizarse en este caso para impedir la restitución de un inmueble. Además, recordó que la ejecución de desalojos de viviendas debe realizarse conforme a la normativa de Derechos Humanos.
De esta manera, quedó confirmada la sentencia que ordenó restituir a Tren Patagónico S.A. el predio ubicado dentro de la estación ferroviaria de Bariloche.















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