Un hombre acusado de homicidio simple por un episodio ocurrido en Ñorquinco seguirá cumpliendo prisión preventiva en la Unidad Penal N.º 3 de Bariloche. Así se resolvió en una audiencia de revisión solicitada por su defensa particular, que cuestionó la decisión anterior y pidió que pudiera cumplir la detención en un domicilio.
El hecho atribuido ocurrió el 12 de julio de 2026, entre la una y la una y media de la madrugada, durante unos festejos vinculados con un partido de fútbol en una plaza pública de esa localidad. Según la acusación, en medio de un altercado, el imputado se acercó por detrás a la víctima y le asestó una puñalada en la espalda que le provocó la muerte.
El fiscal del caso, Francisco Arrien, sostuvo que persistía el riesgo de entorpecimiento de la investigación, dado que el acusado conocía a los testigos presenciales y a los familiares de la víctima. Señaló que no se habían presentado circunstancias nuevas que justificaran el cambio solicitado y recordó que la medida había sido dispuesta en la formulación de cargos del 14 de julio, hasta el 13 de noviembre.
La querella acompañó la postura fiscal y destacó que la cercanía entre las familias y los testigos en una localidad pequeña mantenía vigente el peligro de interferencias en el proceso.
Por su parte, la defensa invocó la presunción de inocencia y cuestionó que se hubieran acreditado riesgos procesales suficientes. También planteó el deterioro personal, familiar y laboral derivado del encierro y propuso un domicilio en El Bolsón, a más de 120 kilómetros de los familiares de la víctima.
El juez de Juicio Bernardo Campana confirmó la resolución del juez de Garantías Ricardo Calcagno. Consideró que no se habían acreditado circunstancias especiales que justificaran la modalidad domiciliaria y que continuaba existiendo un peligro concreto de entorpecimiento, debido a que el imputado conocía a quienes debían declarar y la investigación aún estaba en curso.
Además, explicó que el traslado al domicilio propuesto no evitaría posibles interferencias y remarcó que la detención tiene una finalidad cautelar, sin constituir un adelanto de pena.