Recordemos que recientemente el Parlamento rionegrino aprobó en primera vuelta, prorrogar por el término de dos años -hasta agosto del año 2013-, la obligatoriedad de la mediación prejudicial en los conflictos patrimoniales y de familia. Este proceso fue instaurado por la ley N° 3.847, en principio por el término de cinco años contados a partir de la entrada en vigencia, que se produjo con la reglamentación de la misma, en el año 2006.
La iniciativa presentada por Casadei, propicia la obligatoriedad de la mediación prejudicial, con carácter definitivo, en tanto se entiende que el sistema de mediación anexo al Poder Judicial ha alcanzado un estado de desarrollo y madurez suficiente en la provincia, tal, que hace impensable cualquier retroceso en la materia.
El proyecto considera que el sistema judicial “ha experimentado un crecimiento paulatino, con resultados altamente satisfactorios, tanto en términos de ampliación del acceso a justicia para la sociedad rionegrina como de descompresión de los tribunales”.
Casadei destacó en tal sentido que “desde su aplicación, el sistema ha aportado resultados positivos, tanto en términos cuantitativos como cualitativos” y aseguró que su implementación definitiva “será analizada y consensuada con las áreas vinculadas del Poder Judicial, especialmente con la Secretaría de Superintendencia del STJ y con los Colegios de Abogados de la provincia”.
“En términos cualitativos, la mediación brinda mejores posibilidades de satisfacción para las partes, en tanto permite encontrar soluciones creativas para los diversos intereses en juego, de modo que todos los participantes puedan sentir que 'ganan' en la medida de lo posible. Brinda también la posibilidad de conservar y mejorar las relaciones interpersonales, teniendo en cuenta la naturaleza colaborativa y pacífica del abordaje. Finalmente, las soluciones contenidas en los acuerdos garantizan la menor recurrencia de los conflictos”, destaca la iniciativa.
Como mejor expresión de esta voluntad, se propone incorporar al encabezado de la ley el enunciado 'Se establece con carácter obligatorio la mediación previa a los procesos judiciales', siguiendo el modelo adoptado por la mencionada Ley 26.589 de Mediación y Conciliación en el ámbito nacional.