en relación al hecho ocurrido el 16 de Abril del año en curso cuando el subcomisario Anibal Fabián Alonso interceptó a Raul Paillalef en Pilcaniyeu para constatar la carga qué trasladaba en el baúl de su vehículo Renault 12. En esa oportunidad Paillalef, disparó contra Alonso y a consecuencia de las heridas que provocó el proyectil en el tórax, le produjo la muerte. Horas después del hecho, cuando la policía logró ubicar el auto del encartado hallaron en el baúl un ciervo entero muerto producto de la caza furtiva.
El voto rector del fallo corresponde al Dr. Marcelo Barrutia al que adhirieron sus pares Dres. Alejandro Ramos Mejía y Miguel Angel Gaimaro Pozzi. En su parte resolutiva consigna "...luego de una detenida lectura del auto de procesamiento apelado y de los argumentos desplegados por las partes, entiendo que el mismo reune los requisitos exigidos por la ley ritual como para tener al encartado Paillalef como supuesto autor penalmente responsable de los hechos que se le enrostran, por lo que propongo su confirmación en todas sus partes, incluida la prisión preventiva dictada.- Esto es así ya que coincido con el detallado análisis del material probatorio reunido en autos que efectuaron tanto la Querella como el Fiscal de Cámara, que hago mios para evitar inutiles repeticiones y que por tal motivo trasncribí precedentemente casi en su totalidad. Argumentos estos que ameritan suficientemente el dictado de la resolución que se cuestiona, tanto en la valoración de los elementos de prueba recogidos como en el dictado de la prisión preventiva atento la gravedad del hecho principal investigado que evidentemente llevan a pensar la posibilidad del imputado de intentra eludir la acción de la justicia.