Y sobre este mismo eje explicó “se toman en
cuenta todas las inscripciones de los postulantes para las viviendas y se realiza una verificación de los
padrones, para luego de las visitas hacer una depuración del padrón ya que
puede haber situaciones de familias que ya han resuelto su problema habitacional
de manera particular y no han dado de baja la solicitud.” Y puntualizó que “en
Lago Puelo hicimos una depuración de padrón, es así que de 130 visitas
aproximadamente que hicimos quedaron unas 52, de las cuales se realizó un
proceso de preselección”.
Suarez detalló que en dicho proceso se tienen en cuenta leyes
nacionales, algunos pedidos judiciales, como así también la antigüedad de
inscripción de los postulantes. Y al respecto dijo que “en relación a las leyes
nacionales, el IPV contempla la ley de
discapacidad con un cupo del 5%; la ley de ex combatientes que tienen prioridad
en los listados - que en este caso en Lago Puelo no había ninguno que demande
una vivienda- y algunos casos judicializados, que por alguna razón especial la
justicia nos solicita que le demos pronta solución a determinado grupo
familiar.”
Proceso
de impugnación
La Directora Social del I.P.V manifestó que
si bien sobre estos fundamentos se venía
trabajando, en otras gestiones no se había tenido tan en cuenta y el proceso de
selección era distinto. “Nosotros lo que
queremos es transparentar el proceso de adjudicación de viviendas, por eso publicitamos el listado de preadjudicatarios ofreciéndole
así a la población la posibilidad de impugnarlo.” En este sentido, la
funcionaria dijo que “si hay algún caso que a nosotros no hemos detectado y que
la población por conocimiento o cercanía observa o sabe fehacientemente que hay
un grupo familiar que tiene resuelto su situación habitacional, puede presentar
una nota que incluya-además de los motivos de la impugnación- los siguientes datos: firma y aclaración,
número de DNI, dirección y teléfono. Posterior a ello nosotros evaluamos si
corresponde o no dar de baja en este listado de preadjudicatarios a algún
postulante.”
Impugnación
y sustento legal
Por su parte Paola Soto, Asesora Social del
I.P.V. agregó que “es importantes que estas cartas lleven el nombre y apellido
del interesado en el proceso, para que nosotros podamos contar con una
herramienta legal para poder proceder con la persona que en este caso
impugnaron.”
Y recordó “Antes no existía esta herramienta
por lo cual la gente que venía a vernos nos explicaba ciertas situaciones y
nosotros podíamos hacer muy poco. Hoy el IPV abre las puertas para que todo sea
claro, asique lo que le pedimos a la gente es que utilice esta herramienta”.
El
Municipio colabora con el IPV
Por su parte, la Asesora Social del
IPV aclaró que “el municipio colabora
con nosotros cediéndonos un lugar para trabajar, como fue el caso la semana
pasada que estuvimos atendiendo en Lago Puelo, pero –aclaró- la Municipalidad
no decide a quien se le adjudica la vivienda, para eso está el Instituto y es
nuestro trabajo evaluar cada una de las familias y sus situaciones.”
Y auguró: “Ojalá pudiéramos cubrir todas
las demandas, pero no tenemos las herramientas necesarias para construir tantas
viviendas pero de a poco vamos tratando de que
cada uno tenga solucionado su problema habitacional.”
Por último las funcionarias del IPV
informaron que en Lago Puelo tienen 20 preadjudicatarios y cuatro suplentes, al
tiempo que explicaron que “en el caso de que hayan impugnaciones y caiga algún
preadjudicatario, subirá el primer suplente y luego de 20 días de resueltas las
impugnaciones daremos a conocer el listado definitivo de adjudicatarios, es
decir los que están en condiciones de recibir su vivienda.”
Más información o consultas: Oficina del
IPV de la localidad de El Hoyo, Callejón
de Paladino S/N en horario de oficina o en la Delegación de Esquel.
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