Las entidades que no cumplan con la disposición quedarán automáticamente suspendidas.
En la resolución mencionada, el órgano nacional contralor, resalta que las cooperativas y mutuales deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución (4110/10) al momento de presentar la documentación anual ordinaria pre-asamblearia ante el INAES.
Paralelamente, la medida administrativa pone énfasis en las entidades que no cumplieron con la utilidad de la transmisión electrónica, las cuales deberán enviar a la brevedad, la información exigida en la Resolución 609/14.
Por otra parte, indica que las cooperativas y mutuales que al vencimiento del plazo establecido oportunamente y no hubieran presentado “la documentación indicada por hasta los ejercicios sociales cerrados durante el año 2012, quedarán automáticamente suspendidas en su autorización para funcionar”.
En tal sentido, las entidades que funcionan en el territorio provincial, interesadas en obtener más información, pueden dirigirse a la Dirección de Cooperativas y Mutuales y sus delegaciones:
En Viedma: 25 de Mayo 571. Teléfono: 02920 -427981- 420468.
Correo electrónico: capacitacion@economiasocial.gov.ar
En General Roca: Tucumán 1456. Teléfono: 0298- 442 0595
Bariloche: Clemente Onelli 1450. Teléfono: 0294- 443 5303
Cipolletti: Alem 987. Teléfono: 0299 – 478 2546
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