Se venía trabajando desde hace muchos años internamente en
la ley de incendios, el estatuto del personal y el pase a planta que había
anunciado el gobernador explicó Sales, “esto es muy bueno para el Splif en
general y estoy muy contento por el combatiente”, señalo.
Luego y al momento de agradecer a los legisladores que
acompañaron la ley destacó Sales que los del circuito andino no estuvieron, “el
de Bariloche y El Bolsón no estuvieron pero sí estuvieron representados por
todos los demás de la provincia”, dijo el funcionario.
Más adelante remarco que hacia más de 30 años que esperaban
este momento, “estábamos trabajando bajo el régimen de la ley 1844 que es
agrupamiento general, no tenía nada que ver con lo que nosotros estábamos
haciendo, hasta ahora no hemos perdido gente, no hemos tenido accidentes graves
y estando en esa ley estábamos haciendo un trabajo de riesgo pero hoy si
gracias a dios estamos con la ley que nos corresponde la 2966 de combatientes
de incendios forestales, pero también el pase a planta y el estatuto del
combatiente” destaco.
La ley dice que el ámbito de aplicación de la presente será
la zona forestal andina comprendida entre el paralelo 42º
al sur; la isohieta de 500 mm. al este; el límite con Chile al oeste y al norte
el límite con Neuquén hasta la isohieta aludida, excluyendo aquellas áreas que
no sean de jurisdicción provincial. La Reglamentación fijará el lugar de
asentamiento del ente dentro del territorio determinado en esta Ley, ponderando
para su localización, eficacia y jurisdicción.
Además el Splif tendrá los siguientes objetivos:
Determinar las políticas a seguir en materia de prevención y
lucha contra incendios forestales;
Elaborar los estudios básicos necesarios para la formulación
de los planes y programas de prevención y control.
Para el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente
Ley, el SPLIF tendrá las siguientes misiones y funciones:
Dictar su Reglamento Interno y la norma a aplicar en materia
de prevención de riesgos y peligro de incendios forestales y de seguridad en el
ámbito de aplicación de la presente;
Estudiar, planificar, organizar, coordinar, dirigir y
ejecutar todas las acciones tendientes a la prevención y lucha contra los
incendios forestales.
Elaborar el presupuesto anual, como así también los planes
de desarrollo, planes operativos y planes especiales necesarios para el
cumplimiento de los objetivos fijados;
Establecer o conformar el esquema organizativo que permita
el ordenamiento de empleo de los recursos humanos y materiales, sobre la base
de un nivel de protección que se establecerá en función de la valoración del
recurso a proteger, la ocurrencia histórica y los riesgos y daños potenciales
de los incendios forestales;
Organizar e implementar las centrales de operaciones
necesarias, a los fines de administrar los planes operativos y los recursos
asignados a su jurisdicción;
Difundir los objetivos del SPLIF y adiestrar el personal
necesario para el cumplimiento de los mismos;
Promover la organización de la comunidad, así como el
desarrollo y la capacitación de organizaciones no gubernamentales para el mejor
cumplimiento de los fines y objetivos de la presente;
Promover la constitución de Consorcios Privados de Prevención
y Lucha contra Incendios Forestales;
Establecer los acuerdos institucionales necesarios con
organismos nacionales, provinciales, municipales o con cualquier otra
organización pública o privada nacional o extranjera, a través de la autoridad
del Poder Ejecutivo que corresponda o con su refrendo si así se decidiera;
Cooperar en la lucha contra los efectos de grandes eventos
críticos en su ámbito de aplicación, así como en las actividades de resguardo
del patrimonio natural y cultural, capacitando a sus agentes para tales
finalidades y mediante acuerdos específicos de trabajo con las jurisdicciones
que correspondan.
Ahora es una carrera
Finalmente Sales destaco que ahora la lucha contra incendios
forestales es una carrera similar a la del bombero por lo que ahora va a ser
reconocido todas la carreras y capacitaciones que vienen haciendo los
muchachos, festejo Sales.
Todas las cuestiones atinentes a los recursos humanos
pertenecientes al SPLIF, incluidas sus condiciones de ingreso, ascenso y
permanencia en el servicio, se regirán por las pautas específicas establecidas
en la presente y en su Reglamentación. La misma deberá tener en cuenta los
siguientes principios generales:
El ingreso y los ascensos escalafonarios deberán ser por
concurso de oposición y antecedentes;
La permanencia en el cargo será bonificada anualmente
conforme a los incrementos que fije la Reglamentación;
El escalafón deberá garantizar un régimen salarial especial
que deberá incluir al menos los agrupamientos técnico-profesional y operativo.
El personal que preste servicios de carácter administrativo o general de
maestranza, será incorporado al régimen de la Ley Provincial L Nº 1.844 #;
Los salarios de los distintos agrupamientos se
establecerán en función de una cantidad de puntos para cada una de las categorías
de los mismos. El valor del punto, a los efectos de esta Ley, será establecido
por la Reglamentación; la misma podrá fijar la percepción de bonificaciones
especiales que tendrán en cuenta las aptitudes, la capacitación técnica, el
riesgo, la especialidad u otros.-------------------------ESCRIBANOS, OPINE, ENVÍE INFORMACIÓN-----------------
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