Una cámara oculta lo descubrió mientras orinaba sobre el escritorio de una compañera: fallo de Roca avaló su despido - NoticiasdelBolson

Ultimas

Home Top Ad

.

6 nov 2026

Una cámara oculta lo descubrió mientras orinaba sobre el escritorio de una compañera: fallo de Roca avaló su despido


                                                         Imagen ilustrativa
Una empleada de la Municipalidad de Roca comenzó a sentir un fuerte olor  en su oficina. También encontró manchas en el escritorio, el teclado y otros muebles que utilizaba para trabajar.
La situación se repitió y decidió instalar una cámara en uno de los parlantes de su computadora para descubrir qué ocurría cuando ella no estaba. Las imágenes mostraron a un compañero de trabajo que orinaba sobre sus elementos de uso cotidiano. Tras una investigación administrativa, el municipio dispuso su cesantía.
El hombre rechazó las acusaciones y sostuvo que su despido se había basado en pruebas inválidas. Cuestionó la forma en que se obtuvieron las imágenes, la conservación de los archivos y la falta de una cadena de custodia que garantizara su autenticidad. También señaló que el video había sido modificado. Según su planteo, esas irregularidades afectaron su derecho de defensa y volvieron infundada la sanción.
El exempleado acudió al Poder Judicial para solicitar la nulidad de las resoluciones municipales, su reincorporación, el pago de los salarios que dejó de percibir y una indemnización por daño moral.
En una primera sentencia, el fuero Laboral de Roca hizo lugar a su reclamo, pero el Superior Tribunal de Justicia anuló esa decisión y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento. Tras revisar las actuaciones, la Cámara Segunda del Trabajo de Roca rechazó íntegramente la demanda y mantuvo la validez de la cesantía.
Durante el procedimiento administrativo, la Municipalidad sostuvo que el trabajador había cometido una falta grave contra una compañera y había incumplido los deberes propios de su función pública.
La investigación concluyó que orinó sobre bienes municipales utilizados por la mujer y que su conducta no constituía solamente un daño a los elementos de trabajo. El municipio consideró que se trataba de una agresión dirigida específicamente contra ella, que afectó su dignidad y su integridad psicológica. Por esa razón, aplicó una sanción expulsiva con perspectiva de género.
Uno de los puntos centrales del proceso judicial fue el análisis de la prueba informática. El fallo señaló que no se encontraron indicios de alteración de las imágenes. Además, se pudo reconstruir la secuencia a partir de los archivos originales.
La Cámara explicó que las deficiencias en la conservación de una prueba pueden afectar su fiabilidad, pero no determinan automáticamente su invalidez. En este caso, consideró que las fotografías y la reconstrucción pericial permitieron acreditar lo sucedido.
Los testimonios fueron decisivos. Compañeros de la oficina declararon que habían percibido olor a orina y que observaron manchas en los muebles. Algunas trabajadoras relataron que, al limpiar las superficies con lavandina, se produjo una reacción que asociaron con la presencia de orina. La denunciante y otros empleados reconocieron al hombre en las imágenes.
Para resolver el caso, el fuero Laboral aplicó el Estatuto del Empleado Municipal, establecido por la Ordenanza 3215, que exige cuidar los bienes públicos, mantener una conducta ética y decorosa y tratar con respeto a los compañeros de trabajo. La norma contempla la cesantía ante faltas graves de respeto en el ámbito laboral.
 La sentencia también examinó la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la normativa provincial y la Convención de Belém do Pará. Ese marco jurídico exige valorar los hechos y las pruebas con perspectiva de género, especialmente cuando la conducta afecta la dignidad de una trabajadora.
El fallo consideró que la agresión estaba dirigida contra la mujer y no contra el conjunto de los empleados de la oficina. También destacó que ella sufrió una situación humillante en su propio espacio de trabajo. Por eso, concluyó que se trató de un acto de violencia que afectó su dignidad, su integridad psicológica y su seguridad personal.
Finalmente, la Cámara rechazó los cuestionamientos sobre la investigación administrativa, la actuación de la Junta de Disciplina y la validez de los testimonios.
En consecuencia, rechazó la reincorporación, los salarios reclamados y la indemnización por daño moral.














Páginas