Inostroza explicó que el pago voluntario de multas de transito
o infracciones esta regido por una ordenanza municipal que estipula que el
cobro se realice en sede administrativa sin que llegue al juzgado de faltas
local.
Mas adelante explicó “cobramos un pago voluntario siempre se
le entrega un recibo o un ticket como constancia del pago, en inspectoría se
hacen todas las actas y se abona en hacienda”.
Finalmente le funcionario remarco que ningún inspector esta
facultado para realizar el cobro en la calle, “lo hemos conversado con la jueza
de faltas porque lo no esta muy claro
cual es la tarifa que se le debe cobrar al infractor”, en el año 99 se hacia un
talonario de pago voluntario de $50 cosa que habrá que rever sentencio.
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