El contrato de alquiler
banco Patagonia y su última renovación fue tratado en la sesión del deliberante
pasada, como resultado se aprobó el proyecto del edil Raúl García que establece
entre otros puntos que, debido al vencimiento del contrato entre la
Municipalidad de El Bolsón y el Banco Patagonia S.A. sucursal El Bolsón el día
31/12/2012, se debe dar cumplimiento con
la Ley Provincial 4104, pero, tomando en cuenta que la institución
bancaria es ajena a este incumplimiento por el estado municipal, se aconseja
dar un tiempo adecuado para desocupar el edificio en cuestión.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial 4104
de la Provincia de Río Negro autoriza
al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro a ceder a la Municipalidad de
El Bolsón a título gratuito, los derechos de dominio que le corresponden y
pudiesen corresponder sobre el inmueble designado catastralmente como
20-1-G176-8 y que el inmueble será destinado al
uso y afectación de la Municipalidad de El Bolsón para el cumplimiento de sus
finalidades de bien público y lo determinado en el artículo precedente.
Que, La Carta Orgánica Municipal determina en su Artículo 15º inciso 19º “Es de competencia municipal:
Administrar los bienes que integran el patrimonio municipal, contraer deudas y
aceptar donaciones y legados en las condiciones prescriptas en esta Carta
Orgánica”
Que, la Ordenanza 135/06 acepta
la cesión que otorga la
Ley Provincial 4104, pero, en su artículo 2º cambia el objeto
de la misma dado que lo destina para uso del Poder Ejecutivo Municipal dejando
de lado que el inmueble será
destinado al uso y afectación de la Municipalidad de El Bolsón para el
cumplimiento de sus finalidades de bien público por lo tanto no debería haberse
alquilado a un privado, en este caso, el Banco Patagonia
Que, debido
al vencimiento del contrato entre la Municipalidad
de El Bolsón y el Banco Patagonia S.A. sucursal El Bolsón el día 31/12/2012, se
debe dar cumplimiento con la Ley Provincial
4104, pero, tomando en cuenta que la institución bancaria es ajena a este
incumplimiento por el estado municipal, se aconseja dar un tiempo adecuado para
desocupar el edificio en cuestión.
Que, que Banco Patagonia
S.A ha inaugurado sedes nuevas en localidades similares a El Bolsón, por lo que
nada obsta a que esta Entidad comience a ….//
...// proyectar la adquisición
de un bien inmueble y construir su sede propia para dar
mejores servicios a sus
habituales clientes y a los numerosos turistas visitantes de nivel nacional e
internacional que recibe nuestra ciudad año a año.
Que, existiendo Ordenanzas y Comunicaciones
que solicitaban mejor cobertura para la atención del cliente en la Entidad del Banco
Patagonia Sucursal local y estas no han sido cumplidas.
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
AUTORIZESE, al Poder Ejecutivo Municipal, a renovar contrato de locación con el
Banco Patagonia S.A. por el edificio ubicado el intersección de la Avenida San Martín y
Calle Roca en la parcela
catastralmente
como 20-1-G176-8, por el valor de
pesos treinta mil ($ 30.000.-) mensuales y consecutivos.
Artículo 2°: ESTABLEZCASE, que el contrato autorizado en Art. 1º de la
presente, no podrá exceder el período de un año (1) de duración, permitiéndose,
por única vez, su renovación por igual
período, a fin de de cumplir con la Ley Provincial 4104.
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