Jones Huala a un paso de la prisión domiciliaria

La justicia provincial mediante el juez Martin Zacchino se expidió favorablemente a lo solicitado por la defensa de Facundo Jones Huala, habida cuenta de los padecimientos gástricos que afectan la salud del líder mapuche. El juez resolvió el arresto domiciliario para el imputado en Esquel en la casa de su abuela, doña Trinidad Huala.
Se debe tener en cuenta que esta disposición no será efectiva porque corresponde al fuero provincial, por lo tanto se ha remitido a la justicia federal una comunicación urgente para que el Juez Otranto sea notificado del cambio de situación. De no expedirse Otranto en sintonía, Jones Huala seguirá detenido en la Unidad 14.



En sus fundamentos Zacchino manifestó "Voy a hacer lugar a la morigeración que ha propuesto la defensora dra. Ivanoff consentida por el Ministerio Público Fiscal consistente en el arresto domiciliario de Facundo Jones Huala en el domicilio de Trinidad Huala, abuela del nombrado". Sin embargo Jones Huala no podrá ausentarse sin orden judicial y de incumplir el régimen podría ser revocada tal condición. En un segundo punto, el juez solicitó comunicar de forma urgente al juez federal de Esquel Guido Otranto para que tome debida razón del cambio de cumplimiento de la medida cautelar vigente, en tercer orden señalo Zacchino que la medida que no se podrá hacer efectiva, ya que lo debe resolver el fuero federal.



En cuarto orden dijo el juez que la defensora particular ha solicitado que la defensa pública pudiera ingresar a la cárcel para notificar a Jones Huala de la situación de los demás coimputados y sobre el particular "carezco de competencia para autorizar a funcionarios de la defensa publica" señaló Zacchino, cuestión que se deberá solicitar a través de la justicia federal competente. El próximo 25 de agosto vencen los plazos de la prisión preventiva en el fuero provincial, mientras que seis días después el 31 de agosto será el juicio de extradición solicitada por el estado chileno en dependencias del Escuadrón 36 de Gendarmeria Nacional.

DETALLES DE LA CAUSA:

El imputado es investigado en relación a distintos tipos penales, entre ellos usurpación y abigeato agravado, por los que se había dispuesto su prisión preventiva. La defensa solicitó que esta sea reemplazada por un arresto domiciliario. Fundamentó su pedido en razones de salud certificadas por un médico. El fiscal Oscar Oro estuvo de acuerdo con el planteo y el juez dispuso el cambio de medida. Sin embargo la Justicia Penal no es el único ámbito en el que el imputado tiene procesos pendientes. En el fuero federal está próximo a afrontar un juicio de extradición, trámite en el cual se mantiene vigente la prisión preventiva que cumple actualmente en la U14.

La audiencia de revisión se llevó a cabo el viernes después de las 13 hs. La defensora Sonia Ivanoff expuso el pedido ante el juez Martín Zacchino, alegando fundamentalmente razones de salud debidamente certificadas. La letrada ofreció que la medida pase a cumplirse en la casa de la abuela del imputado en la ciudad de Esquel.

A su turno el fiscal Oscar Oro, adelantó que está de acuerdo con los fundamentos dados por la defensa, consideró que a esta altura del proceso, es posible tutelarlo con el arresto domiciliario. El fiscal dijo que recientemente tuvo una comunicación con el juez federal Otranto y que este le 
manifestó que había dado intervención a la Dirección Nacional de Mediación, fundamentalmente en relación al conflicto vigente por la obstrucción de las vías del Viejo Expreso Patagónico en la zona de la ocupación. Antes de fin de mes se abriría un canal de diálogo, lo que fue valorado como muy positivo por Oro.

El Juez Martín Zacchino explicó su ámbito de competencia y dispuso la morigeración de la medida de coerción solicitada por la defensa y convalidada por el fiscal. Al no haber contradictorio, la labor del juez se limita a realizar un control de legalidad de lo solicitado.

Zacchino aclaró que su resolución no operará ningún cambio concreto en la situación actual del imputado ya que su encarcelamiento sigue vigente por disposición del juez federal. Sin embargo, aclaró que en caso de cesar aquella medida, el arresto domiciliario implica que no puede salir del domicilio fijado a este efecto, si lo hiciera perdería el beneficio y volvería a la situación de encierro preventivo en un centro de detención.

La resolución del magistrado fue puesta en conocimiento de su par de la justicia federal.













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