Marihuana para consumo medicinal y recreativo se abre el debate


Noticiasdelbolson dialogo con Mariela Ramirez Caffera y Ana Piccone de Uruguay que disertaron en el contexto de las 3 III Jornadas Patagónicas de Actualización en Salud Integral del Adolescente, de la sociedad Uruguaya de pediatría, nos dieron su mirada sobre el debate en relación al consumo de  marihuana.

"Nuestro cometido es la asistencia a los jóvenes y adolescentes así como la prevención de este tipo de problemas como es la adicción a la marihuana, explicó Ana Piccone.
A su tiempo la experta en la nueva ley aprobada en el país vecinos sostuvo "la ley surgió frente la realidad el consumo de Marihuana sobre el cual no se podía cerrar los ojos, y existía una gran contrariedad la venta no era libre pero si el consumo, por lo que había que regularizar la venta, no de uso medicinal si de uso recreativo", enfatizo la doctora Caffera.
Medicinal con receta
Sobre el uso medicinal del Cannavis la experta sostuvo que se esta trabajando con receta y aun no se ha regularizado el consumo masivo.

Las formas de comercialización
Sobre las formas de acceder a la marihuana de uso recreativo en el Uruguay Caffera explicó que existen tres formas, "autocultivo, (en casa domiciliaria y hasta 6 plantas estar inscriptos en el IRCCA), clubes de membrecía (El Club de Membresía tiene que contar entre 15 y 45 Socios. Solo podrán ser miembros aquellas personas físicas, capaces, mayores de edad, ciudadanos legales o naturales uruguayos, o los detentores de residencia permanente) y  la ultima forma es en farmacias", en este último caso la legitimación de la droga ya está funcionando en el país, aunque su venta en farmacias está llevando más tiempo de lo previsto, explico mas tarde.
Alcohol primero y Marihuana tercera
Sobre el flagelo de las adicciones en jóvenes del Uruguay Caffera se baso en las últimas encuestas que arrojan  números similares a los de nuestro país, donde el primer flagelo y causa de muerte es el consumo de alcohol, "el mayor consumo en los centros de enseñanza media es de alcohol en un 60%, luego los energizantes y en tercer lugar la Marihuana con un 17%, y la edad promedio de inicio es de 14 años", explico la experta en la ley.

Se busca quitar a los chicos de drogas más pesadas
Sobre l experiencia en Uruguay destaco que si están funcionando los clubes de membrecía, no así la venta en farmacias dado que no se han anotado todas, lo que sí es una ley muy completa porque tiene un organismo de regulación y se busca quitar a los chicos de drogas más pesadas, combatir el narcotráfico y el dinero que se recauda lo destina a la enseñanza para la prevención.
Dato
La normativa Uruguaya pretende quitarle un mercado al narcotráfico y prueba de ello es que las 2.000 familias que se registraron como cultivadores de cannabis “no están yendo a comprar al mercado negro”.
Además recordó que se encuentra prohibida toda forma de publicidad, directa o indirecta, promoción, auspicio o patrocinio de los productos de Cannabis psicoactivo y por cualesquiera de los diversos medios de comunicación.
Registro de autocultivo doméstico (IRCCA)
En virtud del convenio firmado con el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA), Correo Uruguayo brinda el servicio de registro de autocultivadores en los locales que se detallan más adelante.
Desde el 27 de agosto de 2014 se encuentra operativa la Sección Cultivo Doméstico de Cannabis Psicoactivo. Para registrarse, el interesado debe concurrir a cualquiera de los locales habilitados de Correo Uruguayo con la siguiente documentación:
Cédula de identidad uruguaya, original y copia.
Constancia de domicilio (se acepta como válida la constancia otorgada por la seccional policial) o factura de servicio público: UTE, OSE o ANTEL (telefonía fija o Anteldata, no se admite factura de telefonía móvil), con dirección correspondiente al domicilio del cultivo, bajo declaración jurada.

Ver listado de locales de Correo Uruguayo donde se prestará el servicio de registro de autocultivadores
El trámite de registro no tiene costo para el interesado y el IRCCA y tiene 30 días para autorizar, en caso de corresponder, el desarrollo de la actividad solicitada. La licencia para cultivo doméstico tendrá vigencia de tres años y se podrá realizar una reinscripción a su vencimiento.
Es importante destacar que esta instancia de registro es exclusiva para autocultivadores y la información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta Sección tendrá carácter de dato sensible, quedando prohibido su tratamiento salvo con consentimiento expreso y escrito del titular, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 18.331.
Próximamente IRCCA instrumentará el registro para las demás modalidades previstas: Adquirientes, Unidades de Producción y comercialización en farmacias habilitadas.
¿Qué es el cultivo doméstico?
Se entiende por cultivo doméstico de cannabis psicoactivo aquel realizado por personas físicas que estando destinado al uso personal o compartido en el hogar, no supere las 6 plantas de cannabis psicoactivo hembras por cada casa-habitación, y el producto de la recolección de la plantación no puede superar los 480 gramos anuales.
Cabe destacar que no se puede realizar más de un cultivo doméstico por casa habitación, sin importar la composición del grupo familiar y el número de habitantes que viven en ella.
Solo pueden ser titulares de un cultivo doméstico las personas físicas capaces, mayores de edad, ciudadanos uruguayos naturales o legales, o los detentores de residencia permanente.

Registro de Clubes de Membresía
Todos aquellos Clubes que hayan iniciado o finalizado el trámite correspondiente en la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura, deberán solicitar día y hora en la oficina de Soporte de Red del Correo Uruguayo al Tel. 2916.02.00 Int 500 para iniciar el trámite de registro. El Correo coordinará con el solicitante la Sucursal a la que deberá concurrir.
Estarán autorizados a realizar el trámite de registro los miembros titulares de la Comisión Directiva del Club, debiendo identificarse al momento del registro.
Documentos que se deben entregar en la oficina del Correo Uruguayo:
• Copia del talón de inscripción emitida por la Dirección General del Registro (Registro de Personas Jurídicas Sección Asociación Civiles y Fundaciones).
• Testimonio notarial (papel notarial) de los estatutos.
En el testimonio notarial debe figurar nombre, apellido, cédula de identidad y fecha de nacimiento de los miembros fundadores del Club.
• Constancia de domicilio, se aceptan como válidas: copia de factura de servicio público (no telefonía celular) a nombre de la Asociación Civil, constancia emitida por la seccional policial o copia del contrato de arrendamiento, comodato, etc.
• Documentación acreditante de la calidad de propietario, arrendatario, poseedor o de cualquier otro título en virtud del cual la Asociación Civil se encuentre autorizada a ocupar como su sede el inmueble donde se realizará el cultivo (presentar firmas certificadas por un Escribano Público).
• Un Plan de Cultivo que desarrolle los aspectos técnicos y de seguridad de la plantación de acuerdo a la guía para la elaboración del plan de cultivo y a las buenas prácticas para el cultivo de Cannabis.
• Un plan de distribución de Cannabis entre los miembros del Club.
• Datos individualizantes del Responsable Técnico (fotocopia de C.I., correo electrónico, teléfono y titulo o idoneidad)

El servicio de registro no tiene costo para el club.












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