El STJ confirmó condena contra chofer por abusar sexualmente de una pasajera en Roca

Resultado de imagen para corrupcion de menoresEl Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena dictada por la Cámara Criminal Segunda de Roca contra un chofer de colectivos que abusó sexualmente, mediante tocamientos, de una pasajera de 14 años de edad.


El imputado D.A.H., de 40 años, prestaba servicio en la Empresa de Transporte Urbano 18 de Mayo y realizaba el recorrido de regreso de una escuela secundaria de la zona rural hacia el centro de Roca. El hecho ocurrió a fines de octubre de 2014 y fue denunciado en sede policial por la mamá de la adolescente apenas la víctima se lo relató.

En julio de 2016 la Cámara condenó al imputado a la pena de 6 meses de prisión, más las costas del proceso y dos años de pautas de conducta, tras declararlo autor penalmente responsable del delito de "abuso sexual simple". Contra esa decisión, el defensor particular Roberto Arias interpuso un recurso de casación que ahora fue declarado "mal concedido" por el Superior Tribunal de Justicia.

Con voto rector del juez Enrique Mansilla y adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Adriana Zaratiegui, el máximo tribunal provincial analizó y desestimó cada uno de los agravios planteados por la defensa.

Entre otros cuestionamientos, el representante del imputado había cuestionado que "se llegó a la condena por aplicación de un principio de in dubio pro víctima y con silogismos esforzados". En respuesta, el STJ sostuvo que "la revisión integral del caso permite afirmar con total certeza que el agravio carece de asidero pues el sentenciante ha ponderado el plexo probatorio conforme el sistema de la sana crítica racional y realizó una reconstrucción del hecho histórico con estricta observación del derecho vigente".

"La sentencia en crisis se ajusta a la doctrina legal en cuanto tiene dicho 'que en este tipo de delitos "entre paredes" generalmente la prueba de la autoría del imputado tiene su fundamento principal en la declaración de la propia víctima, pero ésta debe encontrar corroboración en prueba indiciaria conteste, que le provea de modo independiente certidumbre a lo referido", precisó la sentencia. En ese punto se destacó el valor de los testimonios de la madre de la niña y del director del colegio al cual la víctima asistía, quienes coincidieron en que "luego del hecho, la menor cambió de actitud, mostrándose más triste y callada, a la vez que bajó su rendimiento académico".

Según se tuvo por acreditado con la prueba producida durante el juicio oral, la tarde del hecho el chofer y la menor de edad quedaron solos en el micro luego de que descendiera el último pasajero en una chacra. Tras eso, el conductor "detuvo la marcha en la banquina de la Ruta 22, hizo como que limpiaba el colectivo, cerraba las ventanillas y manoseó a la menor por sobre la ropa", para finalmente regresar al volante y proseguir el viaje hasta el lugar donde descendió la estudiante.











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