El Proyecto Trigo se traduce en inclusión


Silvia  Peña es integrante de la cooperativa de trabajado de salud mental y junto a un grupo de personas trabajan para llevar adelante el proyecto trigo al cual se le suma la confitería  de la Torre "Un Café con Feria".

En dialogo con noticiasdelbolson Peña explicó de qué se trata el proyecto trigo, pero también remarcó la importancia de contar ahora con este espacio para la inclusión como es el café de la torre para poder canalizar los pedidos y logara un recurso laboral genuino para 10 personas.

El Proyecto trigo es una propuesta en la que convergen necesidades e intenciones de diferente índole-productivas, pedagógicas, alimenticias- tendientes a mejorar la calidad de vida de las personas que habitan la Comarca Andina , intentando posibilitar el acceso a alimentos de calidad, en este caso, trigo y harina de trigo integral, producidos en la zona.
En un marco de trabajo conjunto con otras instituciones, la APEB participa del proyecto entendiendo que lxs productores son el motor de la economía agraria local y regional, y tienen un rol esencial en la producción de alimentos destinados al consumo de la población de la zona.
La APEB viene trabajando en la organización del sector productivo local priorizando la agricultura familiar, las políticas solidarias, con propuestas de producción concretas basadas en la autosustentabilidad, el cuidado y la defensa de la naturaleza a favor de la soberanía alimentaria.

 Desarrolla sus principales actividades productivas, en función de determinados ejes de trabajo, planificando proyectos específicos, y dentro de un marco teórico de producción propuesto y consensuado por los propios productores que la conforman. Frente a una realidad social- nacional y mundial- en la que se prioriza el comercio internacional y no la alimentación de los pueblos, se refuerza la industrialización de la agricultura haciendo peligrar patrimonio genético, ambiental, de salud, empujando al abandono de prácticas de agricultura ancestrales, se hace imprescindible retomar los valores históricos de producción familiarcampesina, para garantizar el derecho a la buena alimentación.
Es en este sentido que la APEB se propone Recuperar el cultivo de trigo local para poner en marcha numerosas chacras que fueron paulatinamente abandonadas haciendo partícipe al Estado en el proceso de re- construcción de este proceso. El cultivo de trigo en la zona, tiene una fuerte impronta sobre el patrimonio histórico de la Comarca Andina, donde se producía trigo de excelente calidad y florecían numerosos molinos; tal vez el más conocido sea el que funcionó hasta comienzos del siglo XX en Trevelin, pueblo vecino a la ciudad de Esquel, con una fuerte componente de inmigración galesa. Tal vez el eco de resonancia más fuerte fue el hecho de llamar a sentimientos de pertenencia históricos al valle de la Comarca, cuando el cultivo de trigo implicaba de por sí un ordenamiento social distinto, al del enfoque empresarial del agroturismo. A la decisión de producir alimentos regionales, se suman las condiciones geográficas y ambientales que posibilitan este tipo de cultivos. El Bolsón es una ciudad ubicada en el Suroeste de la Provincia de Río Negro, en la Patagonia Andina Argentina.
Forma parte de la región que se conoce como Comarca Andina del Paralelo 42°, y está por lo tanto, integrada económicamente a los pueblos aledaños que la conforman. Posee un clima se caracteriza por En este marco de trabajo, nace en 2014 el ?Proyecto Trigo?, junto al- por entonces- vicedirector de la Escuela Rural N° 103 del Paraje Mallín Ahogado Sr. Pablo Nieto. En un principio, el proyecto consistió en que pequeños agricultores de la Comarca se conformen como lxs principales proveedores de pan integral para comedores escolares; considerando que el pan es uno de los principales alimentos que consumen lxs estudiantes de las escuelas. La participación del Estado, en el proyecto, no se limita a la de su actuación como potencial consumidor del pan elaborado por manos locales, sino que participa a través de diferentes instituciones que articulan las tareas necesarias para llevar adelante el proyecto: Inta El Bolsón, SAF El Bolsón , Escuela Especial Nº21 de El Bolsón, Centro de Educación Técnica Nº23 (CET 23, Mallín Ahogado, El Bolsón), Centro de Educación Agropecuaria Nº3 (CEA 3, Mallín Ahogado) , Escuela Primaria Rural Nº103 (Mallín Ahogado). La experiencia se puso en marcha en tres escuelas: Escuela Primaria Rural nº103, Colegio Secundario CET23, y Escuela Especial Nº21 de El Bolsón. Se abasteció de pan integral a los comedores de las tres instituciones, como experiencia piloto, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014, período en el que tuvimos que sortear; numerosos los obstáculos de índole productiva, administrativa y política. Entre los primeros, se encontró que la capacidad de los hornos utilizados era extremadamente limitada; también, por ejemplo, Delegación de Educación Provincial, exigió a este grupo, el traslado del pan en una camioneta habilitada para el transporte del mismo, mientras que las panaderías locales enviaban el pan diario en los colectivos que transportaban a los chicos desde el pueblo hasta los establecimientos rurales educativos. Otro obstáculo importante fue la necesidad ?por parte de la Municipalidad de El Bolsón- de conocer previamente, cómo se iba a facturar el pan, ya que APEB es una institución sin fines de lucro y para los productores la facturación anual superaría el monto accesible en forma individual, superando la categoría tributaria en la que se encuentran registradxs. Finalmente, la facturación del pan estuvo a cargo de la cooperadora del CET Nº 23, y lo obtenido se repartía pagando el trigo a los productores- materia prima- otros insumos: sal, aceite, levadura y gastos implicados en el uso de las cocinas a gas; y- mano de obra implicada en la manufactura del pan-una persona elaboraba el pan en la cocina de la escuela Nº103, y lxs estudiantes de la Escuela Especial Nº 21, en el taller de panadería de la escuela. A fines del 2014, a raíz de un conflicto político entre la Municipalidad de El Bolsón y el gobierno provincial, se le quitó a la misma, la facultad de realizar compras de forma directa, razón por la cual, no se pudo continuar elaborando el pan para los comedores escolares. En 2017, la municipalidad, le pide nuevamente a APEB, que reanude el proyecto Trigo, dado que a partir de 2015, el intendente elegido es del mismo color político que el gobernador. Durante 2016 y 2017, la APEB, comienza a trabajar sobre dos ejes principales: 1) Poner en conocimiento de sus asociados en qué consisten los Sistemas Participativos de Garantía 2) APEB integra desde 2017 una ONG Internacional que trabaja sobre las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, ORIGIN, siendo los primeros argentinos en integrar esa red. A partir de estos ejes, y en relación al Proyecto Trigo, desde la APEB, comenzamos a trabajar para tratar de dar importancia a las cocinas familiares para que éstos sean los lugares desde los cuales se pueda elaborar el pan para terceros y para los comedores escolares, siguiendo protocolos de producción y elaboración creados e ideados por los propios actores. Se da especial importancia a no deslocalizar la producción, tanto a nivel macro- modelo de industria que elabora alimentos, muchas veces, alejada de la realidad productiva del sector primario-; como a nivel micro- elaboración artesanal y casera de alimentos en un ámbito controlado, propio-. Pensamos que este tipo de elaboración es posible, válida y significativamente superior en cuanto a calidad del producto y a la estimulación regional de la producción artesanal local. Consideramos que si bien se entiende la importancia de lo local, integrando regiones geográficas como puede ser un país -Café de Colombia-, una región -Gruyére, Champagne-, también debe poder considerarse como local el ámbito de producción familiar. Este es para APEB, el principal eje de conflicto con las instituciones que pretenden implementar la obligatoriedad de los BPM , cuyo proceso implica habilitar mini o medianas fábricas de elaboración de alimentos, muchas veces alejadas del ámbito familiar. Mientras en APEB, comenzamos a trabajar desde esta óptica de los SPG , un grupo de instituciones, integradas por la Universidad de Rio Negro, el Inta, la Saf, y la Municipalidad, se proponen como objetivo en el corto a mediano plazo la implementación de normas BPM para todos los establecimientos elaboradores de alimentos, con lo cual se cierran las puertas para todo tipo de elaboraciones, como el pan por ejemplo, producidas en domicilios particulares como el caso de las unidades de pequeños agricultores familiares, que pudieran seguir protocolos de los sistemas participativos de garantía. Es decir, los alimentos solamente podrán ser producidos l Encontramos en este nuevo posicionamiento, una reafirmación de nuestros objetivos y estrategias en la vía de la autodeterminación en la producción de alimentos, permitiendo a los productores familiares y no a un reducido grupo de técnicos que excluye a productores, la facultad la decisión sobre cómo y qué alimentos se producen y se consumen. Desde APEB, entendemos que la agricultura familiar no solamente incluye la diversidad de actores que participan en la producción agrícola de la familia, sino que incluye también el grado íntimo de apropiación de las herramientas y los espacios comunes de esa unidad productiva. En este sentido, los sistemas participativos de garantía son construidos desde esos espacios, mientras que las BPM locales buscan ser implementados por técnicos, alejados de la realidad productiva e impuestos a las unidades de producción familiares. ANEXO Se presenta el aporte realizado por la Ingeniera Agrónoma Ayelen Fernández de la SAF El Bolsón en relación a normativas que favorecen el sostenimiento y desarrollo del sector de la agricultura familiar: agregado de valor en origen, como también las interpretaciones y conclusiones a las que llega Ayelen. Mediante el presente documento queremos detallar algunos marcos legales que regulan las condiciones en el proceso de agregado de valor a la producción primaria, actividad vital para el sostenimiento y desarrollo del sector. Además es necesario expresar nuestra preocupación frente al retroceso en la aplicación de dichas normativas así como el avance de restricciones y, no menos importante, la discrecionalidad y poca claridad en la aplicación de normativas locales. A) Marcos normativos Nacionales Ley 27.118 de Reparación histórica de la Agricultura Familiar para la construcción de una nueva ruralidad en la Argentina, promulgada en enero de 2015, en la cual se declara de interés público la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena. En el Art. 4º, como uno de los objetivos, se hace mención respecto a apoyar la generación de actividades agropecuarias, artesanales, industriales y de servicios orientada al agregado de valor de la producción primaria y la generación de desarrollo local. Entendemos que esto es vital para el sostenimiento y desarrollo de las innumerables actividades productivas que se desarrollan actualmente en El Bolsón, en las que -una parte- apunta al agregado de valor como posibilidad concreta para seguir sosteniéndose en la actividad productiva primaria. En el Art. 21º, en lo que refiere a los procesos productivos y de comercialización, se plantean acciones que permitan incrementar la productividad y competitividad en el ámbito rural a fin de fortalecer el empleo, elevar el ingreso de los agricultores familiares, es por eso que se prevén acciones que permitan promover procesos de industrialización local y de ese modo fortalecer todos los procesos de transformación secundaria y agregado de valor en origen que permita desarrollar la potencialidad productiva. Por otro lado y en concordancia con lo mencionado anteriormente, en el marco de los avances de las políticas públicas que favorecen al sector, la Comisión de Agricultura Familiar del SENASA establece marcos normativos que incluyen las particularidades del sector. Antecedentes de ello son los citados a continuación: Res. 510/2012 Sala de Faena Móvil Res. 423/2014 Reglamentación del RENSPA Res. 562/2015 Incorporación Cap. XXXIII "De los Productos Provenientes de la Agricultura Familiar" en el Decreto Nº 4.238/68. Res. 596/2015 Requisitos y Directrices Específicos para Establecimientos de Faena y Chacinados de la Agricultura Familiar. Res. 377/2016 Guías de Sanidad Animal para la Agricultura Familiar B) Marcos normativos provinciales. Ley 4952 Régimen de Protección y Fomento de los Sistemas Socio Productivos de la Agricultura Familiar, vigente desde mayo de 2014. En el Art. 3º, referido a las Políticas públicas menciona que las políticas públicas deberán priorizar la soberanía alimentaria, con base en la pequeña y mediana producción, considerando el derecho de los pueblos a consumir alimentos sanos, la valorización de las lógicas de la agricultura familiar, la importancia del consumidor y los vínculos rurales-urbanos, regulando las asimetrías que genera la economía del mercado y con un rol indelegable en la propuesta y ejecución de políticas diferenciales. Además, entre otros puntos, menciona que las políticas públicas deberán estar orientadas a Promover estándares bromatológicos y protocolos adecuados a las formas de producción de alimentos de la Agricultura Familiar. En el Art. 9º, en lo que refiere a los proveedores del Estado, menciona que los productos, insumos y servicios provenientes de establecimientos productivos de los agricultores familiares registrados tienen prioridad en las contrataciones directas que realice el Estado Provincial para la provisión de alimentos en hospitales, escuelas, comedores comunitarios, instituciones dependientes del sistema penitenciario provincial y demás instituciones públicas dependientes del Estado Provincial. En el Art. 15º se invita a los municipios a adherir al régimen de la ley con miras a la construcción de la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria en el orden local. Entendemos que dichos puntos permiten la comprensión de que la existencia de políticas públicas como las mencionadas apunta a favorecer el desarrollo del sector, no obstaculizando con los requerimientos de estándares que se solicitan a los sectores de escala de producción industrial. Además es importante mencionar que en lo que respecta al término seguridad alimentaria, los primeros consumidores de los productos artesanales son los productores y sus familias. En el marco de la soberanía alimentaria, el acceso a alimentos con características nutricionales superiores a aquellos alimentos industriales es indiscutible y además permite el sostenimiento de la cultura de producción y consumo local presente en El Bolsón y en La Comarca. C) Marcos Normativos Locales En el mismo sentido entendemos que la ordenanza Nº152/2007 acompaña al sostenimiento, consolidación y desarrollo del sector de la agricultura familiar así como otros sectores de la economía popular que también producen alimentos elaborados a pequeña escala. En el Art. 1º se detallan los requisitos necesarios para la habilitación de un ambiente donde se realice elaboración artesanal. Por otro lado, en el Art. 5º hace mención a lo que se considera industria casera. D) Otras normativas provinciales -Corrientes: En Bella Vista Consejo Local de Certificación Participativa SPG -Córdoba: SPG Cinturón Verde de Córdoba, Anisacate, Colonia Caroya, Colonia Tirolesa. -Entre Rios. Normativa Provincial Apruébase el modelo de condiciones higiénico sanitarias y de buenas prácticas de manufactura para la elaboración de alimentos en el marco de ?. 2010- Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo, Gobierno de Entre Ríos Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (I.C.A.B.) RESOLUCIÓN Nº 026/10 ICAB microemprendimientos conforme el detalle que, agregado como Anexo I, forma parte integrante de la presente.- -Misiones SPG: Dirección de Certificación participativa (SEAF) -Buenos Aires: En Cañuelas Proyecto de ordenanza SPG, y en el resto de la provincia hay innumerables experiencias de marcos normativos que abren paso a los SPG- (Ver Red de Municipios que fomentan la agroecología-RENAMA) Que, el Código Alimentario Argentino (ley 18.284) en su artículo 152 habilita la elaboración de alimentos en cocina familiares; Que, a su vez el artículo 47 del citado cuerpo legal prevé que las exigencias no esenciales establecidas para los tambos podrán ser reducidas por la autoridad competente cuando factores circunstanciales lo justificaren, sin perjuicio de la aplicación progresiva de todas las disposiciones. E) Conclusiones Las familias de los productores son los primeros consumidores de las producción elaborada (o nuestras familias son las primeras consumidoras de la producción elaborada), es por eso que siempre se han realizado las actividades de agregado de valor con mucho cuidado en lo que respecta a la sanidad. Los marcos normativos se han ido adecuando en función de las características de producción de pequeña escala. Es por eso que creemos importante que el Área de Bromatología del Municipio debe acompañar a los agricultores familiares a resolver progresivamente las adecuaciones necesarias para la producción pero además contemplar los marcos normativos existentes a nivel nacional así como las experiencias llevadas adelante en otras provincias, desde las cuales existe una clara voluntad de aplicar sistemas que garantizan la salubridad de la producción sin excluir a los productores de la posibilidad de agregar valor a su producción. La Comarca Andina tiene una cultura histórica de producción de alimentos, tanto para autoabastecimiento así como venta de excedentes. Entendemos que a través de dichas actividades se ejerce la soberanía alimentaria, en tanto son las familias las que deciden qué producir-consumir y por otro lado es una actividad concreta que genera empleo, abasteciendo de productos con una calidad nutritiva superior a aquellos productos alimenticios industrializados. Por dicho motivo también consideramos importante las compras estatales para el abastecimiento de diversas instituciones como una política concreta que favorece a los agricultores familiares.












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