Condenaron a tres años de prisión de ejecución condicional a una mujer por homicidio culposo

En el marco de un acuerdo pleno entre la fiscalía, la defensa y la querella, la fiscal del caso Betiana Cendón solicitó se condene a tres años de prisión de ejecución condicional, a la única imputada por el homicidio culposo del cual resulta de la víctima Héctor Jonathan Laciar, el 20 de mayo del año 2016 a las 21 horas aproximadamente.



Según la acusación se le atribuye el hecho ocurrido en esa fecha, en el interior de un auto, que se encontraba estacionado frente a la vivienda ubicada en la calle Luis Piedrabuena de la localidad de Ingeniero Jacobacci. En esta ocasión la imputada se encontraba discutiendo con su pareja y tras ello Laciar habría tomado el arma reglamentaria comienza a manipularla, causando una situación de peligro.

La imputada al observar este cuadro, intenta quitarle la misma y manipula con impericia, produciendo en el acto un disparo involuntario sin intenciones de quitarle la vida a Jonathan Laciar. Pero que indefectiblemente impactó en el pecho de la vida  produciéndole la muerte por shock hipovolémico, por disparo de arma de fuego de acuerdo a los certificado de defunción y el informe de autopsia.

La representante del Ministerio Público Fiscal afirmó que "se modificó la descripción de los hechos para brindar a la situación una calificación más idónea y que proporcione la solución de un profundo conflicto, Describió además la prueba recolectada en el marco de la causa, informes de autopsia, informe técnico del Perito de parte Roberto Nigris, que da cuenta de las distintas trayectorias posibles del proyectil y que permiten descartar la hipótesis de suicidio y el informe de Laboratorio de Genética Forense que explica la presencia de ADN de la imputada en el arma. Con la presencia de todos los peritos se hizo una reconstrucción virtual del hecho a lo cual se agrega diversas testimoniales, entre otros elementos.

Lo anteriormente relatado constituye el delito de homicidio culposo por impericia e imprudencia, siendo la imputada responsable en calidad de autor. Se le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

Adhirieron a dicha solicitud los abogados patrocinantes de la querella, Marcos Miguel y Estanislao Cazauxs; en cuanto a la imputación, calificación y el monto de pena. "La mamá ha prestado conformidad, ellos provienen de una localidad pequeña donde se conocen todos y es fundamental aportar a la solución del conflicto original", expresó el abogado.

La defensa de la acusada no planteó objeciones al acuerdo pleno.

Acto seguido el tribunal presidido por el Juez de Juicio Héctor Leguizamon Pondal; consultó a la imputada acerca de la responsabilidad en la comisión del hecho, condición indispensable para llevar a cabo este procedimiento, de acuerdo a lo normado en el artículo 212 del Código Procesal Penal.

Declaró el magistrado, a la mujer como autora responsable del homicidio culposo de Jonathan Laciar por impericia e imprudencia y en consecuencia la condenó a tres años de prisión en suspenso, pautas de conducta más las costas del juicio.











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