Robo a una pollería e impusieron preventiva al hombre

La fiscal adjunta Clara Moldes formuló cargos a una mujer y un hombre por el hecho ocurrido el día 9 de abril de 2019 a las 3:40 horas aproximadamente, situación en la que tras forzar la puerta de ingreso al local de pollería “Doña Marta” ubicado en la Avenida 12 de Octubre de esta ciudad, sustrajeron una suma de dinero y una bebida. Fueron detenidos luego de ser observados por el Centro de Monitoreo Municipal, secuestrándose en poder del hombre el dinero. Mientras tanto en El Bolsón tes imputados por homicidio fueron liberados hasta el juicio.


Esto constituye el delito de robo simple en grado de tentativa en carácter de autor en el caso del hombre, mientras que en el caso de la mujer deberá responder como partícipe secundario del hecho, todo ello de conformidad con lo normado en los artículos 42, 45, 46 y 164 del Código Penal. La fiscal adjunta Moldes solicitó una medida cautelar de prisión preventiva respecto del hombre y pautas de conducta para la mujer.

Fundó la solicitud debido a la existencia de riesgos procesales, principalmente de riesgo de fuga, "cabe valorar que el imputado goza de libertad condicional por una condena previa y tiene tres legajos más en trámite por hechos en flagrancia. No cabe la posibilidad de aplicar una medida de menor impacto, no tenemos la certeza de que pueda cumplir pauta alguna. Sumado a ello la actitud desplegada al momento de la detención y las pautas de conducta impuestas, las que fueron sistemáticamente ignoradas. "La expectativa de impunidad del imputado favorece a la reiteración de estas conductas", indicó la fiscal Moldes.

Ambos asistidos por el defensor oficial Marcelo Alvarez Melinger, brindaron una breve declaración. No se opuso a la formulación de cargos e hizo mención al informe médico elaborado una hora después de la detención, que da cuenta que estaría bajo efectos de alguna sustancia. "Todas las conductas que refieren al momento de la detención se debe al estado del imputado y no deben ser valoradas para la medida cautelar. No hay elementos que manifiesten el peligro de fuga y que su defendido siempre estuvo a derecho en todas las causas mencionadas por la fiscalía", manifestó al oponerse a la medida el defensor.

El Juez Juan Martín Arroyo tuvo por formulados los cargos para habilitar la investigación, "por el hecho narrado la fiscalía, con el encuadre que le asignó y por el plazo convenido por las partes de dos meses".

Atendiendo a todos los indicadores que señala la fiscal y la ley espera en su caso un comportamiento alejado de la comisión de delitos. Hay otro elemento a tener en cuenta que al obtener la libertad, se le impuso como pauta no consumir estupefacientes, transgrediendo otra pauta y luego sospechado de otro delito. Es más que claro la dificultad de acatar normas del imputado, expresó entre otros fundamentos para imponer la prisión preventiva por el término de dos meses.











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