Toma del Azul. Justicia convoco a los ocupantes del sector


En diálogo con la prensa el juez suplente del juzgado n11 de El Bolsón Marcelo Muscillo se refirió al edicto que fue elevado en virtud de la denuncia realizada por el municipio local contra los ocupantes del mirador del azul, “es un problema político en el mejor y más importante sentido de la palabra, de ¿Cuál es la situación de tierras?  por un lado y de vivienda en el pueblo, por el otro”, detallo Muscillo.

Esta mañana el juez a cargo del juzgado número 11 de El Bolsón Marcelo Muscillo dialogo con noticiasdelbolson y se refirió a la presentación de recurso de amparo interpuesto por el municipio local, “la municipalidad de El Bolsón presentó en el juzgado 11 con un Amparo, en este caso tiene contenido ambiental y tiene que ver con las ocupaciones en la zona del río azul”, detallo le juez.
¿Qué es un amparo?, “el amparo tiene muchas formas distintas una es el amparo como un el habeas Corpus donde todo forma parte del gran paquete del derecho constitucional del amparo, en este caso se trata de un amparo colectivo que es una de las formas de amparo dónde lo que se busca defender en sistema judicial tutele son intereses colectivos no individuales”, explico Muscillo.

Sobre lo que significa un amparo el juez suplente agrego, “como en todo juicio lo primero que hay que hacer es notificar a las otras partes del expediente que está en marcha, que hay un juicio que los involucra para que se presenten, para que hagan valer los derechos que consideran que estén y además para estar notificados de los avances que va a teniendo el juicio”.
Hay delito o no?
Seguidamente y consultado el juez suplente sobre si hay o no delito explicó, “No soy quién para decirlo, lo que nosotros tenemos es un expediente en defensa ambiental y en todo caso las decisiones que se tomen tienen que estar ordenadas en función de la protección ambiental, no del castigo de las personas, eso no forma parte de la competencia de los juzgados civiles o juzgados de familia como es el nuestro”, sostuvo Muscillo.
Competencia provincial o federal
Mas adelante se refirió a la competencia del juzgado nº11, “es uno de los uno de los primeros problemas que nosotros tuvimos cuando llegó esta presentación del municipio, si realmente el juzgado tiene competencia, porque es un juzgado provincial no nacional, es un tema que nosotros consideramos por dos motivos:  un motivo teórico de ámbito jurídico que requiere que la defensa del ambiente forma parte de las competencias provinciales y por otra parte también que es necesario dar alguna respuesta desde el ámbito judicial a este tipo de problemas”.
En relación a los problemas que son inherentes esta toma Muscillo agrego “obviamente no hay aquí solamente problemas judiciales, hay un problema político en el mejor y más importante sentido de la palabra en el sentido de cuál es la  situación de tierras  por un lado y de vivienda en el pueblo,  por otra parte Cuál es la situación de defensa del medio ambiente estas son cuestiones policitas en las cuales los juzgados no intervenimos pero que forman parte claramente el contexto de la situación”.
 
Finalmente, sobre cuáles son los pasos que seguirán a esta instancia el juez suplente detallo, “La primera instancia que establece la normativa de amparo colectivo es el de una audiencia entre las partes, si podemos llamarlo a una audiencia de conciliación. En definitiva, es intentar buscar alguna solución al problema a través de una audiencia, estamos ahora en esta intención de tratar de comunicarme con todas las partes para poder conversar que puede tener distintas formas, puede ser una audiencia conjunta con todas las partes o puede a ver audiencias previas por sectores o por grupo de interés. Así que en eso estamos, es una tarea muy delicada en términos de cómo que, si hay lugares para avanzar en Pos de una solución pacífica, estos son espacios muy pequeñitos por lo que tenemos que avanzar entonces un trabajo fino, pero estamos en eso porque forma parte de la primera tarea”.












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