Se estaría violando el art. 75º de la Carta Orgánica
Municipal si se pretende que sean los
concejales que están con pedido de juicio político los que resuelvan por la
validez o no de las acusaciones que se les hacen y no la comisión investigadora
ya creada en la sesión del 13/03/13, sostuvo
Néstor Capano secretario del presidente del concejo deliberante sobre la
resolución aprobada en el concejo deliberante Bolsones donde se deja sin efecto
una resolución y se aprobó otra que reglamenta
los juicios políticos en la localidad.
Acaban de sancionar una norma por la cual se auto protegen
de los juicios políticos que se les pidió. Están violando el art. 75 de la
Carta Orgánica Municipal al pretender que sean los concejales que están con
pedido de juicio político los que resuelvan por la validez o no de las acusaciones
que se les hacen y no la comisión investigadora ya creada en la sesión pasada.
Como bien dice el art. 5º de la Carta Orgánica: “…Carece de validez todo acto o
norma que no respete la legalidad y la vigencia de la presente Carta Orgánica”
Esta resolución no es otra cosa que un cachetazo a todo el pueblo porque estos
concejales pretenden asumir el papel de legisladores y jueces de sus propios
atropellos.
Es imperativo que intervenga la Justicia, eventualmente la Legislatura de Rio Negro con el fin de suspender a estos concejales hasta que expida la justicia. Junto con ello debe iniciarse inmediatamente el proceso de revocatoria de los mandatos. Esto será posible tan solo si el pueblo asume el compromiso de destituir a quienes violan las leyes
Capano agrego “Como bien dice el art. 5º de la Carta Orgánica: “…Carece de validez todo acto o norma que no respete la legalidad y la vigencia de la presente Carta Orgánica”
Es imperativo que intervenga la Justicia, eventualmente la Legislatura de Rio Negro con el fin de suspender a estos concejales hasta que expida la justicia. Junto con ello debe iniciarse inmediatamente el proceso de revocatoria de los mandatos. Esto será posible tan solo si el pueblo asume el compromiso de destituir a quienes violan las leyes
Capano agrego “Como bien dice el art. 5º de la Carta Orgánica: “…Carece de validez todo acto o norma que no respete la legalidad y la vigencia de la presente Carta Orgánica”
Dice el Art. 75º “El Concejo Deliberante debe designar
en forma inmediata una Comisión Investigadora… y tiene por objeto investigar la
verdad de los hechos en que se funde la acusación…debiendo elevar su informe al
Concejo Deliberante…”
El secretario enfatizo “Al pretender por el art. 4º de
la resolución votada que dice que “…El Cuerpo, en sesión ordinaria y por
mayoría simple de votos aprobará o desestimará el pedido…” y que en caso de
aprobado el pedido de Juicio Político,
recién entonces “…se procederá a nombrar la Comisión Investigadora…” se estaría
produciendo la violación descripta más arriba.
Por último y
aparentemente contrariando a la Constitución que determina que toda ley,
ordenanza o resolución entra en vigencia después de su publicación, es decir
que no es retroactiva, el art. 6º de la mencionada resolución dice: “Norma
Transitoria: Para los pedidos de Juicios políticos que estuvieren en trámite se
aplicará la presente resolución, teniendo en cuenta el estado en que se
encuentre el pedido, expuso el ex legislador y actual secretario del presidente
del cuerpo legislativo de El Bolsón Nestor Capano.