El Bolsón: Una pelea por un álamo llegó a la Justicia y ordenaron talarlo.


El árbol, de importantes dimensiones, se encontraba inclinado hacia la vivienda del terreno lindero. Pese a los pedidos para podarlo, no hubo respuestas y todo terminó en la Justicia.Un álamo fue el centro de una larga disputa entre vecinos en El Bolsón. El árbol de importantes dimensiones, se encontraba inclinado hacia una vivienda de otro terreno, y generaba temor por la posibilidad de caer sobre la casa, pero el habitante del lugar donde crecía el ejemplar, se negaba a talarlo.

La dueña de la casa que se encontraba en riesgo, cansada de no tener respuestas, decidió recurrir a la justicia, para intentar poner un fin a la disputa. Según consta en el expediente, ese terreno está a nombre de otra persona que no podía intervenir directamente porque allí reside un hombre que se oponía al corte. No era el propietario, pero ejercía una ocupación sobre el lugar.

La magistrada del Juzgado Multifueros de El Bolsón ordenó una inspección en el lugar y pidió la intervención del Servicio Forestal Andino. El ingeniero forestal Horacio Ivancich inspeccionó el álamo y elaboró un informe técnico donde recomendó el corte total del ejemplar. Según explicó, la poda no era una opción viable: al tratarse de una especie de crecimiento rápido y fuerte rebrote, el riesgo volvería a corto plazo.

Con esa pericia como base, la jueza entendió que estaban dados todos los elementos que justifican una medida urgente. La acción de daño temido, recordó en su resolución, no requiere un juicio contradictorio. No hay que esperar que el daño se concrete para intervenir. Si hay un peligro cierto, basta con probarlo de forma inicial.

La resolución también valoró el contexto climático: el peso adicional de la nieve sobre un árbol ya inclinado incrementa las chances de caída. Frente a esa posibilidad, ordenó el apeo del álamo en un plazo de quince días. Si el ocupante del terreno no se ocupa de la orden judicial, queda habilitado el denunciante a realizarlo por sus propios medios.

El fallo no entró en debates de propiedad ni en responsabilidades cruzadas. Solo se concentró en evitar un daño. Y aunque no hubo colisión, ni destrozos, ni lesiones, el Poder Judicial actuó antes de que todo eso ocurriera. Lo hizo en función de un principio claro: prevenir cuando los riesgos están verificados.









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