El Hoyo fortalece las medidas de prevención de incendios para el verano



La municipalidad de El Hoyo puso en vigencia la ordenanza que regula el uso de fuego en lugares habilitados según el índice de peligrosidad que día a día informa el Servicio Provincial de Manejo del Fuego. Asimismo, adhirió al decreto provincial N° 1392/2025 que declara la emergencia ígnea en toda la región cordillerana.

De esta forma sólo se podrá hacer fuego en lugares habilitados teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

- ÍNDICE DE PELIGROSIDAD BAJO: 
Se podrá realizar fuego sólo en los lugares habilitados. 
- MODERADO: 
Se podrá realizar fuego sólo en los lugares habilitados. 
- ALTO: 
Se podrá realizar fuego sólo en los lugares habilitados.  Se recomendará mantener apagados los fogones entre las 14 y las 21 horas en las zonas habilitadas.
- MUY ALTO: 
Se prohíbe el uso del fuego entre las 14 y las 21 horas en todo el ejido de El Hoyo.
Las cocinas a leña, portátiles o no, como chulengos o rockets; parrillas de mampostería cerradas con chimenea y hornos de barro en áreas de acampe concesionadas y/o viviendas particulares, quedan exceptuadas. 
- EXTREMO: Se prohíbe el uso de fuego en todo el ejido de El Hoyo, durante las 24 hs. 
Esta prohibición no se aplicará a parrillas de mampostería cerradas con chimenea y hornos de barro en áreas de acampe concesionadas , comercios y/o viviendas.




Cuando se alcancen los valores de peligro de incendios que indiquen una alta probabilidad de ocurrencia y resistencia al control, el personal de Protección Civil Municipal, en base a información brindada por el Servicio Provincial de Manejo del Fuego, implementará y supervisará las medidas y restricciones correspondientes, en conjunto con personal de Inspectoría, Tránsito y Turismo que se encuentren de guardia. 

En los horarios críticos de máximas temperaturas se dispondrá que el personal de Protección Civil, Tránsito y aquellos de  Turismo ubicado  en todos los puestos de Control y Cobro de Acceso informen sobre las restricciones existentes al uso del fuego.

Las restricciones enunciadas en este protocolo se aplican únicamente al fuego realizado con leña, carbón u otros combustibles sólidos.

Quienes no cumplan con esta normativa podrán ser alcanzados por las siguientes multas:

Primera infracción: 1000 Unidades Fiscales
Segunda Infracción: 2000 Unidades Fiscales
Tercera infracción: 4000 Unidades Fiscales
Cuarta infracción y subsiguiente la multa se duplicará teniendo como base la establecida en la tercera infracción

Además, continúa vigente la ordenanza 3/25, la cual autoriza al Servicio Nacional de Manejo del Fuego, Servicio Provincial de Manejo del Fuego, Bomberos Voluntarios de El Hoyo y Protección Civil Municipal a restringir o prohibir el uso del fuego según consideren necesario ante distintas ocurrencias.

El índice será publicado en las redes oficiales y habrá carteles visibles en la oficina de Turismo, en el Puente Salamín, y en los accesos a Puerto Patriada y El desemboque.











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