OFICIO JUDICIAL OFICINA DE TRAMITACIÓN INTEGRAL DEL FUERO DE FAMILIA



Oficio Nro. /2025 La Unidad Procesal N° 7 (Juzgado de Familia N° 7) de la III° Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. Cecilia Wiesztort, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Cecilia Pontoriero, Oficina de Tramitación Integral del Fuero de Familia (OTIF), a cargo del Coordinador Dr. Fernando de la Calzada, con sede en calle Gallardo 1299 de esta ciudad (otifbari@jusrionegro.gov.ar), expide el presente oficio ordenado en fecha 18/12/25 en la causa: "VELASQUEZ, MARIA DEL CARMEN C/ ANTINAO, GRACIELA CECILIA S/ TUTELA", Expte. Nro. BA-02334-F-2025, con el siguiente objeto: a los fines de que procedan a la publicación de edicto en los términos y plazos consignados en el edicto que se acompaña al presente.
 El plazo para la contestación del presente oficio es de 10 (diez) días hábiles a partir de la recepción del mismo y deberá ser remitida a la siguiente dirección de correo electrónico: otifbari@jusrionegro.gov.ar, identificando claramente los datos del Tribunal oficiante como así también carátula y número de expediente.- El auto que ordena el presente, en su parte pertinente dice: "San Carlos de UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7) 2 / 3 Bariloche, 18 de diciembre de 2025 ... líbrese oficios a los diarios "El Cordillerano" y "Noticias del Bolsón" a los fines de que procedan a la publicación en los términos y plazos consignados en el edicto, el que deberá ser adjuntado a los oficios." Fdo.: Fernando de la Calzada. Secretario Coordinador OTIF. Sin otro particular, saludo atentamente Fernando de la Calzada Secretario Coordinador – O.T.I.F. Artículo 369.- Las oficinas públicas, no pueden establecer recaudos o requisitos para los oficios, ni otros aranceles que lo que determinen las leyes, decretos y ordenanzas. Deben contestar las oficinas públicas y las entidades privadas el pedido de informes o remitir el expediente, dentro de los veinte (20) días hábiles, salvo que la providencia que lo ordena fije otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o circunstancias especiales. Cuando se trate de la inscripción de la transferencia de dominio en el Registro de la Propiedad, los oficios que se libren al Departamento Provincial de Aguas, a la Municipalidad, a la Agencia de Recaudación Tributaria y/o a cualquier otra repartición pública, deben contener el apercibimiento de que, si no son contestados dentro del plazo de veinte (20) días, el bien se inscribirá como si estuviere libre de deuda. El Juez o Jueza puede aplicar sanciones conminatorias progresivas en el supuesto de atrasos injustificados en las contestaciones de informes. La apelación que se deduzca tramita en expediente separado. La sanción puede ser aplicada al jefe o director de la repartición u organismo, en cuyo caso se lo debe notificar personalmente. Artículo 370.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no puede ser cumplido dentro del plazo, se debe informar al Juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá. Si el Juez o Jueza advierte que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, debe poner el UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7) 3 / 3 hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar. A las entidades privadas o personas físicas que sin causa justificada no contesten oportunamente, se les impondrá multa de hasta dos veces el monto del jornal mínimo, vital y móvil por cada día de retardo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 369. La apelación que se deduzca contra la respectiva resolución tramita por expediente separado. Para comprobar que esta notificación es verdadera y poder ver su contenido y la documentación que se agregó, ingrese a la siguiente página de internet: "https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/validar-documento", y donde está “identificador del documento” escriba el número BA-02334-F-2025 y a continuación el código FMWS-KVOY, o bien escanee el código QR situado en el margen superior derecho.











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