La fiscal Fernanda Révori defendió lo resuelto, indicando que a medida que se corroboran nuevos datos hay más elementos para considerar que existe riesgo de fuga. El tribunal conformado por Jorge Criado y José Colabelli entendieron que la resolución original estuvo bien fundamentada y por lo tanto debe confirmarse la medida.
Daniel
Sandoval se presentó ante el tribunal revisor cuestionando a la resolución de
Allende porque a su criterio se extendió más allá de lo solicitado por el
fiscal y porque habría tomado en contra del imputado argumentos dados en su
favor. Sostuvo que no existe posibilidad de entorpecimiento de alguna medida que prevea realizar la Fiscalía y
tampoco se demostró objetivamente que pudiera ser entorpecida la declaración de
algún testigo. Además aseguró que no estuvo debidamente fundado el riesgo de
fuga, ni se tuvo en cuenta la solidez del arraigo de Jaramillo. Finalmente el
letrado planteó que, en estos términos,
la decisión de fijar prisión preventiva es un anticipo de pena y no una medida
de coerción para preservar el proceso, y pidió la libertad de su defendido y en
caso contrario que se disponga el arresto domiciliario y la presentación
periódica ante una autoridad a designar.
La
investigación fue derivada a la agencia de investigación, quedando a cargo de
la fiscal Fernanda Revori, quién defendió la resolución de Allende, resaltando
que la medida fue dispuesta por el peligro de fuga y que los fundamentos de la
defensa no conmueven la decisión tomada el día anterior. La fiscal indicó que
Allende tuvo en cuenta las características del hecho y la carga de la prueba
que pesa sobre el imputado. Agregó que el conocimiento del medio rural, su
labor con tareas en este ámbito, hace prever que sería muy fácil para el imputado
ocultarse sustrayéndose del accionar de la justicia.
También
destacó que el hecho fue sumamente violento, acometido en varios cortes con un
arma blanca hasta provocarle la muerte. Estas características hacen pensar que
una eventual condena lo apartaría del mínimo legal previsto para el delito de
homicidio. El móvil crimen se vincula a un conflicto existente entre ambas
familias. Amplios antecedentes dan cuenta de ello en el ámbito judicial,
administrativo, en el IAC y en el Juzgado de Paz. Las diferencias se referían a
una porción de tierra ubicada en una zona rural a 15 km de Cushamen.
La víctima
había manifestado que teniendo autorización del IAC para realizar el alambrado
entre ambas propiedades veía una fuerte resistencia de la familia Jaramillo.
Cada vez que la familia de la víctima intentaba realizar el alambrado
autorizado, miembros de la familia Jaramillo procedían a destruirlo o los
amenazaban, llegando en una oportunidad a emplear para ello un arma.
"El
imputado conociendo estos antecedentes, sabiendo que debía evitar las vías de
hecho y dejar que sean las autoridades las encargadas de resolverlo, aun así,
cuando la víctima intentó realizar el alambrado, reaccionó concretando las
amenazas que venían vertiendo", sostuvo Revori, concluyendo que si no
acató todas las medidas anteriores tampoco lo haría ahora.
Confirmada
El nuevo
tribunal escuchó a ambas partes y luego se retiró a escuchar los audios
completos de la audiencia anterior y deliberar. Luego le dijeron al imputado
que confirmarían la medida por considerar que estuvo bien fundamentada por el
juez de la carpeta en un análisis conjunto de los riesgos de fuga y
entorpecimiento procesal. Los magistrados destacaron que si ya en otras
oportunidades no obedeció las decisiones de otros organismos, no es esperable
que lo haga ahora cuando pesa una importante amenaza de pena en su contra.
Criado le
aclaró al imputado que este tribunal coincide con la presunción de fuga
avizorada por Allende. Recordemos que la medida se dispuso por un plazo de 45
días.
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