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INFORME PUBLICO MENSUAL 3/15
El Sistema
de Contralor representado por la Contadora Fontán Tapia, informa:
1- Que a los efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en la
Carta Orgánica Municipal, Sección Segunda, Capítulo II, Artículo 133, Inciso
11, se pone en conocimiento a las autoridades gubernamentales y a la población
en general de lo actuado en el mes de julio del 2015.
2- Que ante la falta de respuesta
por parte del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en relación a la remision
de información relacionada con los recibos de sueldo de los concejales, se ha
dado inicio a la apertura de un expediente administrativo.
3- Que se ha solicitado al Poder
Ejecutivo un Informe detallado sobre el Pago de Horas Extras.
4- Que ante la falta de respuesta
y vencido los plazos perentorios establecidos en relación a la presentación de
los Informes Mensuales de Tesorería correspondientes a los meses de enero,
febrero, marzo y abril del 2015, se ha dado apertura al expediente y se ha
emitido un Dictamen Adverso, dando paso al proceso administrativo
correspondiente, poniéndolo a consideración del Concejo Deliberante.
5- Que ante la falta de respuesta
y vencido los plazos perentorios establecidos en relación a la presentación de
la Ejecucion Presupuestaria Trimestral correspondiente al primer trimestre
2015, se ha dado apertura al expediente y se ha emitido un Dictamen Adverso,
dando paso al proceso administrativo correspondiente, poniéndolo a
consideración del Concejo Deliberante.
6- Que ante la solicitud del Poder
Ejecutivo, de prórroga en relacíon, a la adecuación de la presentación de las
Ejecuciones Presupuestarias correspondientes al último trimestre del 2013, y los
3 (tres) trimestres del 2014, la misma fue aceptada, fijándose un nuevo plazo
que finaliza el 24 de agosto del corriente año.
7- Que en relación a la Resolución
del C.D. Nº 057/2015 del 10 de julio del 2015, donde se declara nula la
Resolución 04/15 del Sistema de Contralor, se hace saber que se ha remitido una
nota, la Nº 43/2015, del Sistema de Contralor Municipal, objetando entre otras
cosas que:
a) En virtud del Reglamento Interno del
Concejo Deliberante aprobado por Resolución C.D. 122/13, Capítulo V, Inciso 2,
Artículo 18º, los dictámenes elaborados por el Asesor Legal no son vinculantes.
b) Que el dictamen del Asesor Legal, en las que se basa la mentada
resolución, presenta erroneas interpretaciones de la Carta Orgánica Municipal.
c) Que la mención del artículo 64º de la Carta Orgánica Municipal, en el
Reglamento Interno del Sistema de Contralor y en la Resolución Nº 5 del mismo,
obedeció a un error de tipeo involuntario, indicado en la Resolución Nº 6/15.
d) Que la autoridad que expresa y emana
del Sistema de Contralor, surge como consecuencia de lo enunciado en la Carta
Orgánica Municipal, según los artículos 131, 133 y 134; en concomitancia con la
Ordenanza 60/14 y 35/01
e) Que el Reglamento Interno del
Sistema de Contralor, refiere a una modalidad de reglamento administrativo
denominado Autónomo, amparado por la Constitución Nacional.
f) Que en el dictamen presentado al
referirse a la redacción del Reglamento Interno, no se tuvo en cuenta la
Ordenanza 60/14 emitida por el Concejo Deliberante, objetándose cuestiones que
no fueron objetadas en la redacción de la mencionada ordenanza, pero que sin
embargo, fueron motivo de crítica y objeción, en el Reglamento Interno del
Sistema de Contralor; independientemente que dichos argumentos resultan
infundados al momento de cuestionar el uso de las reglas gramaticales.
g) Que a los efectos de considerar alguna de sus apreciaciones se
redactó la Resolución 07/15 del Sistema de Contralor, que amplía la información
en relación a los roles desempeñados por sus miembros.
h) Que tras haber enunciado las apreciaciones en la nota del Sistema de
Contralor 43/2015 , presentado copia de las resoluciones 06/2015 y 07/2015, se
solicitó al Concejo Deliberante, la anuencia del Reglamento Interno del Sistema
de Contralor.
i) Que se encuentra a disposición de las autoridades y el público en
general, la nota 43/2015 y las
Resoluciones 06/15 y 07/15; emitidas por el Sistema de Contralor Municipal.
SISTEMA DE CONTRALOR MUNICIPAL
Patricia Jara
AUXILIAR ADMINISTRATIVA
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