COVID-19: Río Negro le da validez a las asambleas de asociaciones celebradas por videoconferencia

En medio del aislamiento obligatorio, la Inspección General de Personas Jurídicas dispuso reconocer la validez de las reuniones celebradas por sociedades comerciales, fundaciones y asociaciones a través de medios digitales, como las videoconferencias


Esta medida, implementada a través de la Resolución N° 115/20, facilita la convocatoria y celebración de encuentros y asambleas de los órganos de administración y gobierno de las instituciones.

De este modo, se permite que -durante todo el periodo en que se prohíba, limite o restringa la libre circulación de las personas- las reuniones de las entidades sujeta a su control sean celebradas a distancia, aún en los supuestos en que el estatuto social o el contrato social no las hubieran previsto.

En tal sentido, el inspector general, Agustín Ríos, señaló que esta medida “favorece al funcionamiento de nuestras sociedades como vehículos generadores de riqueza y desarrollo económico, como así también de nuestras instituciones civiles que llevan adelante actividades de bien común, sumamente necesarias en este delicado momento”.

Asimismo, se han habilitado trámites on-line, dentro de los cuales se destacan el de constitución de Asociación Civil, Fundación, Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada y Sociedades por Acciones Simplificadas, como así también la emisión de certificaciones de Inicio de Trámite, Vigencia, Regularidad, Inscripción y/o Autoridades.

Todas las tramitaciones podrán realizarse desde la página oficial del organismo: www.personasjuridicas.rionegro.gov.ar.

Para el resto de los trámites que habitualmente se realizan por ante la Inspección General de Personas Jurídicas, se han iniciado gestiones con la Dirección del Boletín Oficial a efectos de posibilitar la publicación de edictos (tanto de convocatoria como de inscripción) y, consecuentemente, la prosecución de dichos trámites.











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