El juez Marcelo Álvarez Mellinger dicto el desalojo de las tierras ocupadas en El Foyel. Si los ocupantes no acceden en forma voluntaria se podrá dar paso a la Policía de Río Negro.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) ya cuenta
con la orden para desalojar las tierras ocupadas por la Lof Gallardo Calfú en
el paraje El Foyel. El juez de Juicio Marcelo Álvarez Mellinger resolvió sobre
el pedido de impugnación sobre la decisión que había tomado el magistrado
Ricardo Calcagno días atrás, quien pidió la presencia de Blanca Rosa Gallardo
Calfú y Juan Oyarzo para que den sus testimonios antes de proceder con el
retiro de los ocupantes.
Este lunes (19/10), tras una primera instancia
en la que se desistió de la recusación del Álvarez Mellinger a partir de un
pedido de la defensa, continuó la audiencia para resolver el pedido de
impugnación que presentó el MPF sobre la definición que había tomado Calcagno.
Luego de escuchar a los querellantes y al
fiscal Jefe Martín Lozada, el Juez aceptó el planteo que hacía referencia a que
la propiedad de la familia Soriani se encontraba “comprometida” y que la Lof
Gallardo Calfú también afectó su derecho a la libertad de movimientos así como
de desarrollar la actividad agropecuaria que les sirve de sustento.
Para el Juez, se dieron todas las condiciones
para considerar que se encontraba frente a una usurpación por despojo y
consideró que la orden de desalojo se encontraba acorde a la doctrina del
Superior Tribunal de Justicia (STJ) y los mandatos de las Constituciones
Nacional y Provincial. “Considero que la forma de resguardar el derecho a la
propiedad implica, en forma necesaria, el inmediato desalojo de los ocupantes
que ingresaron el 15 de octubre entre las 8,30 y las 9,30”, agregó.
El accionar que deberá encabezar el MPF tendrá
que tener en cuenta un protocolo de resguardo de derechos de las víctimas pero
también de los ocupantes. Además instruyó a los fiscales ante la posibilidad de
que se logre un retiro voluntario de la comunidad mapuche que surgió días
atrás.
Sin embargo, los fiscales también podrán hacer
uso de la fuerza pública en caso de ser necesario. Este procedimiento deberá
contar además con personal de la Secretaría de la Niñez y Adolescencia (Senaf),
ya que se desconoce la presencia de niños en la toma, del área de Salud e
incluso de los Bomberos.
En todo caso el procedimiento tendrá que
realizarse con “luz solar” y no podrá ser llevado adelante si existen
“condiciones climáticas adversas”, ante la posible presencia de lluvias o
nevadas.
Pero Álvarez Mellinger también tuvo una
segunda parte para su resolución. Se trata del pedido al Colegio de Abogados
para que se evalúe la conducta del abogado defensor Marcelo Mansilla, quien
estuvo ausente durante la jornada, no fundamentó la recusación al juez y pidió
una nueva audiencia posterior al miércoles por motivos personales, para
analizar si corresponde algún tipo de sanción por su desempeño en este caso.
Fuente Bariloche 2000
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