La Fiscalía de Lago Puelo logró una sentencia condenatoria contra Abel Gustavo Sanvitale. El imputado reconoció haber desobedecido sistemáticamente las órdenes judiciales y aceptó una pena de tres años de prisión en suspenso.
La persistencia en el incumplimiento de las órdenes judiciales tiene consecuencias. Así quedó demostrado este 5 de marzo en los tribunales de Lago Puelo, donde Abel Gustavo Sanvitale (42) fue condenado tras admitir una serie de ataques y desobediencias reiteradas contra su expareja.
El caso llegó a una resolución definitiva gracias a un juicio abreviado impulsado por el funcionario de fiscalía Cristian Gustavo Cayún. Esta herramienta permitió cerrar el conflicto de manera rápida, asegurando una condena firme sin someter a la víctima al estrés de un juicio oral prolongado.
El peso de la evidencia
La investigación fiscal fue contundente al reconstruir la conducta de Sanvitale. El ahora condenado admitió su responsabilidad en siete hechos de desobediencia ocurridos entre marzo y junio de 2025. Durante ese periodo, el agresor ignoró repetidamente las prohibiciones impuestas por la justicia para proteger a la víctima.
La condena no solo abarcó las desobediencias, sino que también fue declarado penalmente responsable de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas mediante violencia de género.
Los detalles de la condena
La sentencia impuesta a Sanvitale consiste en tres años de prisión de ejecución condicional. Si bien no irá a la cárcel, la libertad del condenado queda sujeta a un estricto cumplimiento de reglas durante el plazo de la condena.
Para garantizar la seguridad de la víctima y la resocialización del agresor, la justicia le impuso las siguientes obligaciones:
- Prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima.
- Obligación de continuar su tratamiento psicológico.
- Participación obligatoria en el Ta.Vi.Re. (Taller de Visibilización y Reflexión sobre Violencia de Género).
- Prohibición de consumir estupefacientes y de abusar del alcohol.
El rol de la Fiscalía
El Ministerio Público Fiscal destacó que la resolución mediante juicio abreviado fue consultada previamente con la víctima a través del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD), asegurando que sus derechos fueran respetados durante todo el proceso.
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