La Fiscalía investiga una maniobra con tierras fiscales
realizada en el ejido municipal de Cholila en el año 2010. Este miércoles se
formalizó la investigación en una audiencia a la que asistieron el fiscal
Martín Zacchino, el representante de la querella, Marcelo Macayo, y los dos
imputados con su defensor Jorge Williams, además de los damnificados.
La Fiscalía describió
el hecho indicando que se produjo entre el 15 y el 19 de abril del 2010, cuando
Gustavo Javier Galindo, en su carácter de Intendente Interino de la
Municipalidad y Néstor Rubén Becerra en carácter de Secretario de Gobierno,
procedieron, a sabiendas de las obligaciones que la Ley Provincial Nº 3098
ponía a su cargo, a omitir en lo que era de su incumbencia la aplicación de la
ley de tierras fiscales de la provincia del Chubut. Esa omisión se habría
evidenciado al dictar las resoluciones 24/2010 y 25/2010, en las que se
reconoció derechos posesorios sobre los lotes ubicados en la Circunscripción 3
- Sector 3 del Ejido (09) de la localidad de Cholila, individualizados
catastralmente como Parcela 4 de la Chacra 11 con una Superficie de 74 ha 58ª
94 ca, y la Parcela 1 de la Chacra 16
con una Superficie de 7 ha 16ª 11ca pertenecientes a la familia Perry, a personas
que jamás habrían ocupado las mismas. Posteriormente fueron transferidos esos
derechos con la intervención de una escribanía de Esquel a una tercera persona
a precio vil.
Por estos hechos se imputa el delito de violación de los
deberes de funcionario público a ambos sindicados.
El defensor solicitó
que la investigación preliminar se restrinja a quince días por el largo plazo
transcurrido entre la fecha de constitución de querellante y la de la audiencia
de apertura. También solicitó que se tome como la normativa que reguló los
actos que se cuestionan, a la ordenanzamunicipal, no a la ley provincial.
Por su parte Zacchino
se opuso a la reducción de plazo solicitada, calificándolo de irrazonable.
Macayo adhirió al planteo fiscal y acentuó que la provincia no pudo controlar
lo que se hizo en Cholila en este caso.
También señaló que la familia perjudicada pagó la tierra
años atrás, lo que en otros casos fue valorado como derechos a la obtención de
la escritura. El letrado señaló que la ordenanza otorga poderes omnímodos al
intendente municipal sin respetar las ocupaciones previas.
Finalmente la juez Anabel
Rodríguez entendió que mas allá de su postura personal, debe tener a la vista
lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia en otros casos, y lo que
establece la reforma del Código Procesal, indicando que el comienzo de la
contabilización del plazo es a partir de la audiencia de apertura. Además
solicitó a los acusadores que procuren acelerar la investigación para comprimir
en la medida de lo posible la duración de la misma.
Respecto de la norma que debe tenerse en cuenta para
analizar los hechos imputados, señaló que implica un análisis propio de otra
etapa del proceso.
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