Comienza a regir el nuevo código procesal Penal en Rio Negro


Resultado de imagen para codigo procesal penalSobre la reforma procesal y cuáles serán los principales cambios el fiscal Francisco Arríen nos dio precisiones, "con esta nueva figura se espera que la justicia sea más rápida, en contrapartida regresan a nuestra orbita en la fiscalía del El Bolsón cientos de causas que aún están sin juicio", explicó Arrien.


Por qué es importante el nuevo Código Procesal Penal en Río Negro? ¿Para qué sirve? ¿Le va a cambiar la vida a los ciudadanos? Esta semana es trascendental en el camino hacia la aplicación plena de la ley 5020, sancionada el 10 de diciembre del 2014 por la Legislatura provincial, ya que de hecho este martes 1 de agosto entra en vigencia, destaco el fiscal Francisco Arrien.
"Se trata de un cambio importante en el enjuiciamiento de aquellas personas que están sospechadas de cometer un delito, la idea es que a partir de este 1 de agosto, que todos estos procesos que antes eran muy lentos, engorrosos, oscuros, pasen a ser en primer lugar vista oral, se termina el expediente escrito y serán audiencias orales y publicas con lo que se busca mayor transparencia y celeridad", destaco el fiscal.
¿QUÉ NOVEDADES APORTA?
 El nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro plantea una profunda transformación de nuestro sistema de justicia penal. Deja atrás el modelo inquisitivo mixto de la legislación anterior e instaura el sistema acusatorio. Las reformas que introduce abarcan aspectos procesales propiamente dichos y otros vinculados a una nueva estructura administrativa y de gestión de la justicia penal. Entre las principales características del nuevo sistema se encuentran las siguientes:
 UN NUEVO ROL PARA LOS JUECES Y LAS JUEZAS
 El sistema acusatorio se asienta en fundamentos jurídico-políticos radicalmente opuestos al inquisitivo.
En consecuencia, reserva, a las juezas y jueces penales, unas funciones bien distintas a las que tradicionalmente se les habían adjudicado.
En la nueva legislación procesal, los jueces y las juezas penales: Dejan de ser "juez/a y parte”. Tienen prohibido ordenar actos de investigación y no pueden interrogar a imputados/as, víctimas ni testigos.
Sólo podrán disponer medidas probatorias y de coerción a petición de parte. No pueden ordenar el secreto de las actuaciones (salvo que, por motivos expresamente autorizados por la ley, se deba hacer reserva de un acto).
Tienen prohibida la delegación y la postergación de las funciones jurisdiccionales. Deben resolver personalmente todas las peticiones realizadas por las partes y de modo in mediato.
LA INVESTIGACIÓN ES LLEVADA A CABO POR LAS Y LOS FISCALES
Su principal objetivo es llegar a la solución del conflicto por cualquiera de las vías legalmente previstas, por ejemplo, a través de la aplicación de criterios de oportunidad, que cobran renovados bríos.
 Las actuaciones de la investigación preparatoria no tendrán valor probatorio en el juicio oral para fundar la condena del/la acusado/a, salvo aquéllas que fueran recibidas de conformidad con las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba.
Las pruebas se producen en el juicio, a instancia de las partes (excepto que hayan sido producidas de conformidad con las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba).
LAS AUDIENCIAS COMO METODOLOGÍA DE TRABAJO
 La litigación en audiencias orales y públicas ya formaba parte de nuestra cultura procesal penal, pero estaba reservada a la etapa de juicio.
En el nuevo código, las audiencias orales y públicas se realizan en todas las etapas procesales, desde el primer momento en que se realiza la imputación.
Las audiencias orales en todas las etapas del proceso modifican totalmente la manera en que jueces/as, fiscales, defensores/as y abogados y abogadas litigantes han desarrollado hasta ahora sus tareas y se han comunicado entre sí.
Las audiencias son una metodología de trabajo, que conforma el eje central de la reforma.
 DESAPARECE EL EXPEDIENTE
La metodología de las audiencias como forma privilegiada de resolver el conflicto penal hace que el proceso penal gire en torno de ellas y no del expediente.
Las cuestiones de mero trámite se gestionan a través de un legajo, que tendrá su asiento en una Oficina Judicial.
Este legajo es un simple medio para ordenar el proceso, no un fin en sí mismo. En líneas generales, el papel, soporte de todo el proceso en el régimen anterior, es sustituido por los medios audiovisuales con los que se registran las audiencias.
Punto clave, la oralidad desplazará al papel.
Sólo digital
La reforma rionegrina será la primera que nazca enteramente digital, ya que las provincias que lo implementaron antes convivieron con la oralidad y el expediente.
En el nuevo Código, el fiscal será quien acuse, el defensor defenderá y el juez decidirá sin haber tenido participación activa en la investigación.
Para poner en marcha la reforma, hubo que destinar casi 100 millones de pesos a un presupuesto, que tiene como principal ítem la actualización tecnológica.
Grabaciones
En cada sala de audiencias habrá tres cámaras filmadoras, que grabarán todo lo que suceda y cuyo contenido será almacenado y protegidos para resguardarlos de posibles pérdidas”.
Para ese resguardo se implementarán seis salas de servidores que son shelter, tipo containers que se van a instalar en Bariloche, Cipolletti, Roca, Villa Regina, Choele Choel y Viedma, donde se van a guardar servidores y grupos electrógenos.
También es necesario incorporar personal.
Los nuevos cargos creados son los relativos a las oficinas judiciales, que incluyen un Director General y cuatro Directores por cada una de las cuatro circunscripciones.
Además, se “reforzaron” áreas técnicas, como Arquitectura e Informática, pero la mayor cantidad de nombramientos se dio a través del Consejo de la Magistratura, con fiscales, adjuntos y defensores destinados al Ministerio Público.
Cuales causas se atenderán primero
Ante esta consulta el fiscal destaco que si bien es cierto que las causas generadas antes del 1 de agosto del corriente año y que aun no tiene definición se trabajaran con el nuevo código, también afirmó que se optara por la relevancia de las mismas, "atenderemos las causas urgentes e importantes primero, pero se atenderán todas las no resueltas con el nuevo código procesal".

Desde mañana no se diligenciarán más cédulas confeccionadas fuera del sistema.


A partir del martes 1 de agosto todos los abogados matriculados de la provincia deberán utilizar el sistema de Notificaciones Digitales diseñado por el Poder Judicial de Río Negro para sus expedientes de los fueros Civil, Laboral y de Familia, incluidas todas las notificaciones a realizar desde y hacia la Caja Forense. De este modo, deja de funcionar el sistema tradicional de notificaciones en papel, por lo que resulta imprescindible que los abogados no registrados completen a la brevedad su trámite de inscripción.

A partir de mañana el Poder Judicial ya no diligenciará notificaciones en papel a los domicilios constituidos (por ejemplo, los estudios jurídicos), cuyos titulares quedarán notificados de las providencias, resoluciones y/o sentencias a través del sistema informático, únicamente. De lo contrario, se los tendrá por notificados de manera automática los días martes y viernes.


Trámite sencillo

La activación del usuario se realiza en dos pasos sencillos:

1- Iniciar la registración en la página web del Poder Judicial, ingresando en el botón "Notificaciones Electrónicas" ubicado en la portada. Allí podrá acceder también al manual de instrucciones. Al completar los datos personales el sistema le emitirá una constancia. (Ver gráfico)

2- Presentar PERSONALMENTE esa constancia en la Oficina de Mandamientos y Notificaciones más cercana. Allí le activarán su cuenta personal de notificaciones digitales y le entregarán la tarjeta de coordenadas que necesitará para operar con total seguridad.


Oficinas habilitadas

Todas las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones y varios Juzgados de Paz están habilitados para recibir y diligenciar las cédulas que deban ser enviadas a domicilios reales. Las Oficinas son las ubicadas en las ciudades cabecera de Circunscripción (Viedma, General Roca, Cipolletti y Bariloche), además de las delegaciones de El Bolsón, Allen, Choele Choel, Villa Regina y San Antonio Oeste. En tanto que los Juzgados de Paz que ya trabajan con notificaciones digitales son los de Chimpay, Cinco Saltos, General Conesa, Lamarque, Río Colorado e Ingeniero Jacobacci.


A tener en cuenta

- El trámite de registración de los abogados y de los auxiliares de estudios jurídicos es personal, sin excepción.

- El estudio jurídico que tenga registrado a su auxiliar pero no a su titular podrá elaborar las cédulas en el sistema pero no podrá diligenciarlas.

- Paulatinamente se está incorporando el Fuero Penal al sistema de notificaciones digitales. A partir del 1 de agosto se las podrá diligenciar electrónicamente a través de las Oficinas de Notificaciones identificadas en el sistema como "Cipolletti - Policía", "Roca - Policía", "Bariloche - Policía" y "Viedma - Policía".

Fuentes propias y Poder judicial de Rio Negro












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