Denegaron recurso federal a dos hermanos condenados por homicidio .( El Bolsón.)

Denegaron recurso federal a dos  hermanos condenados por homicidio

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro denegó el recurso extraordinario federal y de ese modo impidió que el caso de los dos hermanos condenados por el homicidio de Mauricio Burgos, llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su examen.


Karim Habib Sahid Millao (29) y Brahian Adahir Millao (21), golpearon con piedras de gran porte a la víctima en el rostro, desfigurándolo y produciéndole un traumatismo de cráneo con hundimiento de masa encefálica que le ocasionó la muerte. El hecho ocurrió el 6 de junio de 2017 en el predio de Los Jabalíes Rugby Club de la localidad de El Bolsón. Resultaron condenados a la pena de doce años de prisión y pese a las impugnaciones defensivas, el fallo fue confirmado.

Ahora la defensa intentó un recurso extraordinario federal que permita el arribo del expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero la instancia volvió a ser rechazada y solo queda un último recurso de queja antes de que la sentencia quede firme.

Los acusados, un expolicía chubutense y su hermano, tenían en su poder el celular de la víctima y se movilizaban en una camioneta que había sido vista por testigos en el escenario del crimen. La hipótesis del hecho fue de un ajuste de cuentas, derivado de un viejo encono por dinero y una relación amorosa. Además, los testigos que declararon durante el juicio relataron que los hermanos habían estado compartiendo bebidas con la víctima en el interior de un pub y que se habían retirado los tres juntos a bordo de una camioneta roja, tras haber protagonizado serias discusiones y agresiones.

Al declarar la responsabilidad de los acusados, los jueces Leguizamón Pondal y Martini, apuntaron a una serie de “indicios categóricos y no anfibológicos” que confirmaban la teoría que durante el juicio sostuvieron el fiscal Francisco Arrien y el abogado querellante Sebastián Arrondo. En cambio, el juez Ricardo Calcagno, consideró que no había elementos suficientes para dictar la condena.

Según aportó uno de los declarantes, los hermanos estaban dentro del predio deportivo mencionado y arrojaban piedras contra lo que a la distancia parecía un perro. Según su relato, cada vez que alzaban las manos para lanzar un nuevo golpe contra la víctima, el cuerpo que estaba tendido en el piso intentaba protegerse con sus manos.
Después de la sentencia la defensa intentó una impugnación ordinaria y posteriormente una extraordinaria ante el Tribunal de Impugnación de la provincia. Ante el rechazo de las dos instancias, el máximo tribunal rionegrino rechazó un recurso de queja, por lo que la defensa intentó acudir a la corte, instancia que ahora fue rechazada por el mismo STJ.

El defensor Hugo Cancino alegó que se afectó el debido proceso y el derecho a la defensa en juicio, al incurrir la sentencia en arbitrariedad.

Los jueces del STJ evaluaron que “el recurso intentado debe ser desestimado pues no cumple las exigencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, aunque más allá de eso, “el remedio intentado tampoco demuestra que el gravamen invocado no deriva de la propia actuación de la parte”.

Concluyeron luego que “nada amerita la habilitación de la vía excepcional, dado que el recurrente no hace más que reeditar argumentos que ya fueron debidamente respondidos en la sentencia que ataca, por lo que su presentación no satisface las previsiones que imponen la exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian”.











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