Las organizaciones sociales y políticas recurrirán a lo
previsto en el artículo 50 de la Carta Orgánica Municipal para ejercer el
derecho de los ciudadanos a Revocar el mandato de los funcionarios “por mal
desempeño de sus funciones o por delitos dolosos. El derecho de revocatoria se
ejerce por no menos del veinte por ciento (20%) del cuerpo electoral mediante
Registro de Adhesiones”
“Los solicitantes deben fundamentar el pedido de revocatoria
con las causales que a su entender den sustento a dicha solicitud, debiendo
formularse los cargos en forma individual.
Se trata de Beatriz Tejeiro, Paola Sanna y Raúl García que,
según la comunidad que los denuncia, “son acérrimos opositores a todas y cada
una de las acciones del actual gobierno.
Para que la revocatoria prospere es necesario la mayoría
simple de los votos válidos emitidos y que haya participado más del cincuenta
por ciento (50%) del padrón electoral debiendo reunirse unas 2000 firmas que en
el primer intento se reunieron 600 ahora se contara con 40 días más para llegar
el número previsto.
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