
La ilegal convocatoria de la Comisión de Evaluación Ambiental
de la Región de Los Lagos, bajo la administración del gobierno de Sebastián
Piñera, el día 26 de Febrero del 2014, calificó de favorable el proyecto de
Central Mediterráneo en aguas binacionales del Rió Manso, y con el único fin de
beneficiar a sus amigos y socios. Producto de este irregular acto, la
ciudadanía local, presentó 7 recursos de protección para anular la calificación
y sancionar otras violaciones a la ley, cometidas por estos organismos del
Estado y la Empresa Mediterráneo propiamente tal. Estas causas, las cuales aun
se encuentran en trámites en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, fueron
acumuladas en uno solo recurso y corresponde a la Causa Rol 159-2014.
Las ilegalidades cometidas por Comité de Evaluación
Ambiental, el Servicio Ambiental de la Región de Los Lagos y la Intendencia
Regional, para favorecer la aprobación y calificación de favorable al proyecto
de central hidroeléctrica Mediterráneo, están en directa relación con el
trafico de influencias y presión política ejercida sobre los mediocres y
permeables servicios públicos locales con competencia ambiental, a través del
lobby de Ricardo Bachelet Artigues (primo de la actual presidenta), José Cox
Donoso, Roberto Hagemann, Ignacio Guerrero, y otros secuaces, y en general todos
socios y amigos de Sebastián Piñera,.
En resumen, una vez calificado de favorable el proyecto de
Central Mediterráneo por parte de los servicios públicos, la ciudadanía
presentó varios recursos de protección en contra del Servicio de Evaluación
Ambiental y la Comisión de Evaluación presidida por el Intendente, debido a las
responsabilidades que les compete al respecto de violaciones a reglamentación
ambiental, los derechos ciudadanos y las leyes de la nación.
Extrañamente, una vez admitidos a trámite estos recursos en
la corte de apelaciones local, la empresa Mediterráneo se hace parte en todos
estos recursos y solicita a los magistrados rechazarlos, por que van en
desmedro de su aprobado proyecto, e incluso elaboran un formulario tipo, que
hace firmar a una centena de campesinos de la cuenca del Puelo (quienes
desconocen el destino de lo que han firmado). Posteriormente, el abogado local
que representa a Mediterráneo toma todas estos formularios, previamente
“fotocopiados” repetidas veces, y los ingresa en cada uno de los 7 recursos de
protección, con la venia de los magistrados. Pero, peculiarmente estos
magistrados rechazan todas las peticiones de aquellas personas que se hacen
parte a favor del recurso.
Debido al peculiar proceder de la Corte de Apelaciones de
Puerto Montt, en lo relativo a estas causas, que a toda vista beneficia a la
empresa Mediterráneo y de quienes han faltado a la ley, el día 5 de junio del
2014, fue ingresada en esta misma corte, una solicitud de Acceso de Información
Pública, en base a la Ley N°20.285, donde se pidió en forma especifica,
informar si los magistrados o funcionarios de esta corte local, se reunieron
con los dueños y empleados de la Empresa Mediterráneo S.A., además de solicitar
las bases de datos históricas computacionales de los recursos de protección
presentados entre el 24 de febrero y 4 de junio del 2014.
Posteriormente, los ministros de la Corte de Apelaciones de
Puerto Montt, el día 10 de junio del 2014, y mediante en una escueta nota
electrónica, evaden responder a lo pedido en forma detallada y especifica, en
base a la Ley de Transparencia N°20285.
mediterráneoLa imagen de la izquierda corresponde a la
respuesta dada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y en ella se puede
visualizar en el primer párrafo, la respuesta dada por el pleno de los
magistrados que componen la corte de Apelaciones de Puerto Montt, cuestión que
pone en tela de juicio la Transparencia de quienes están obligados a hacer
cumplir la ley.
Debido a que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, no ha
respondido adecuadamente a la petición ciudadana de acceso a la información, se
presenta ante el Consejo para la Transparencia, un Recurso de Amparo contra la
Corte de Apelaciones de Puerto Montt, por faltas a la ley de Transparencia N°20.285.
mediterráneo2
La imagen de la derecha corresponde a la carátula y primera
hoja de las 4 carillas, que conforman el Recurso de Amparo interpuesto, el cual
puede ser solicitado al correo electrónico: treehouse.patagonia@gmail.com
La constitución, la lógica y la ética, indican que aquellos
que han recibido la autoridad y atribuciones para velar por la correcta
aplicación las leyes de la nación, proteger las garantías y derechos
constitucionales de los ciudadanos, deben ser los primeros en cumplir con los
principios que rigen los actos de los órganos de la administración del estado ,
y muy especialmente en lo relativo a la transparencia y el derecho de las
personas.
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