REGISTRO DE OPOSICIÓN DE OBRA PÚBLICA

Resultado de imagen para municipalidad  de El BolsónLa Municipalidad de El Bolsón en cumplimiento de la Ordenanza del 095-15 llama a Registro de Oposición de Obra pública desde el día 19 de Diciembre y por un plazo de 15 días corridos improrrogables para la realización de siguiente obra:


RED COLECTORA DE LÍQUIDOS CLOACALES  en las siguientes calles:
Calle 9 de Julio, entre Liniers y Pastorino

Podrán oponerse vecinos frentistas sobre las calles determinadas, considerándose la totalidad de la Obra como una unidad.
De oponerse más del 40 % de los frentistas se anulará la Obra. En caso contrario la obra se torna de carácter obligatorio para los frentistas, debiendo estos optar por las alternativas de pago dispuestas presentándose en la Oficina de recaudaciones de la Municipalidad durante los treinta (30) días posteriores a la finalización de la obra. Si el frentista no se presentare para optar por una modalidad de pago, se le cargará el monto determinado en el Artículo 4º, en la modalidad definida a pagar en 12 cuotas mensuales en la cuenta correspondiente a la parcela.

El mencionado registro se encontrará a disposición de los frentistas (propietarios  y poseedores a titulo de dueño) en la Mesa de Entradas  de la Municipalidad de El Bolsón, en horario de 8.00hs. a 13,00 hs durante el periodo habilitado.
en el articulo 1o.-

Hágase saber a los frentistas comprendidos en el presente llamado, que se encuentra a su disposición en las oficinas de la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, toda la información y asesoramiento técnico relativo al presente llamado.-


Anexo 1
Ordenanza 095-15

VISTO:
                                   La necesidad de proveer del servicio de Red Colectora de Líquidos Cloacales a los vecinos de nuestra localidad, y;

CONSIDERANDO:
                                    Que las obras deben ejecutarse con cargo a los frentistas, por lo que corresponde efectuar el correspondiente llamado a Registro de Oposición de Obras.
                                      Que el Concejo Deliberante en Sesión del día -----, Acta ----, aprobó el dictado de la presente.

POR ELLO:
                     Y en uso de las facultades que le son propias
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: CONVOQUESE a Registro de Oposición a los vecinos frentistas comprendidos en las calles determinadas en el Artículo 3º, en base a las siguientes formas y condiciones:

1.     El Registro de Oposición estará en Mesa de Entradas de la Municipalidad de El Bolsón, siendo su horario de lunes a viernes de 8,30 a 13,00 hs.
2.     Estará abierto entre la promulgación de la presente y quince (15) días corridos, improrrogables.
3.     Podrán oponerse vecinos frentistas sobre las calles determinadas, considerándose la totalidad de la Obra como una unidad.
4.     De oponerse más del 40 % de los frentistas se anulará la Obra. En caso contrario la obra se torna de carácter obligatorio para los frentistas, debiendo estos optar por las alternativas de pago dispuestas presentándose en la Oficina de recaudaciones de la Municipalidad durante los treinta (30) días posteriores a la finalizacion de la obra. Si el frentista no se presentare para optar por una modalidad de pago, se le cargará el monto determinado en el Artículo 4º, en la modalidad definida a pagar en 12 cuotas mensuales en la cuenta correspondiente a la parcela.
5.     Se considerara finalizada la obra, cuando la Secretaria de Planificación lo define.
6.     Se considera frentista con derecho a oposición a todo aquel vecino que acredite titularidad de la parcela y tengan sus Tasas al día o con plan de pago vigente y al día.
7.     La oposición se realizará en forma personal, presentando DNI o por Carta Documento dirigida al Sr. Intendente Municipal.


ARTÍCULO 2º: APRUEBESE la ejecución de la Obra en los términos planteados por el Poder Ejecutivo Municipal.


ARTÍCULO 3º: PROCEDASE a realizar la Obra de Red Colectora de Líquidos Cloacales  en las siguientes calles:
1.     Calle 9 de Julio entre Liniers y Pastorino
Siendo las parcelas afectadas las que se detallan a continuación:


MANZANA
LOTE
MTS. FRENTE
OBSERVACIONES
469
10
15,00


9B
15,00


9A
15,00


8C
41,66
ESQUINA
479
2
15,00


3
15,00


4
15,00


5
15,00


6
15,00


7
16,24
ESQUINA


ARTÍCULO 4º: DETERMINSE que el costo para cada frentista es de pesos novecientos veinte tres con noventa y ocho centavos ($980) por metro lineal de frente de su propiedad, ofreciéndose las siguientes alternativas de cancelación:
a) En un solo pago al contado, en un plazo de 15 dias posteriores al momento de finalizacion de la obra, con un 10% de descuento.
b) En 6 (seis) cuotas sin interes.
c)En 12 (doce) cuotas con un interes del 1% mensual.
d) En  24 (veinticuatro) cuotas con un interés del 1,5% mensual.
En los casos de lotes ubicados en esquina se liquidará, según los metros de frente sobre la calle 9 de Julio, más los metros que correspondan a la ochava.


ARTÍCULO 5º: INCORPORESE al “Fondo Rotatorio para Desarrollo Urbano”, lo recaudado en concepto de “Contribución por mejoras” por la Obra a desarrollarse.


ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 08 días del mes de Octubre de 2015.











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